Sociedad de Asesorías Profesionales Ebenezer PG Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2024
- Repertorio
- 16317/2024
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaria de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 27 de agosto de 2024, ante mí, Repertorio N°16317 / 2024, don Antonio Marcial Pereira Villegas y Claudia Alejandra Gálvez Canales; ambos domiciliados en calle Pedro de Oña número 46, Comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad denominada Sociedad de Asesorías Profesionales Ebenezer PG Limitada, que podrá utilizar para fines bancarios y de publicidad, el nombre de fantasía de “Ebenezer PG Ltda., con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es: a) la prestación de servicios de asesoramiento y consultoría en toda clase de materias relacionadas con la gestión empresarial y de negocios en general; la difusión de información institucional de los clientes, y la asesoría en el uso de los distintos medios de comunicación existentes en la actualidad o que existan en el futuro; b) la elaboración e impartición de conferencias, talleres, charlas, seminarios y cursos de capacitación, por medio de uno o más de sus socios, asociados o profesionales contratados; y c) toda clase de actividades de comunicación, investigación, información, actualización y difusión, a través de diversos medios tecnológicos y digitales, por medio de uno o más de sus socios, asociados o profesionales contratados. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a Antonio Marcial Pereira Villegas y a Claudia Alejandra Gálvez Canales, pudiendo actuar indistintamente uno cualquiera de ellos con las más amplias facultades. El capital de la sociedad es la suma de $100.000, aportado y pagado por los socios, al contado y en efectivo de la siguiente forma: a) Antonio Marcial Pereira Villegas, la suma de $50.000; y b) Claudia Alejandra Gálvez Canales, la suma de $50.000. La sociedad rige desde hoy y durará hasta el 31 de diciembre del año 2040, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social no menos de 2 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Santiago, 28 de agosto de 2024.