MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD CLÍNICA DE ESPECIALIDADES ODONTOLÓGICAS SAN CARLOS DE ANCUD LIMITADA

RUT 76540680-3 CVE 2539555
Capital
$9.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de abril de 2006

Instrumento

Fecha
18 de abril de 2006

Sociedad

Capital
$9.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

NICOLAS IGNACIO NOSTENLA NOVOA, Notario Titular Ancud, Chacabuco 750, certifica: Por escritura hoy ante mí, don RODRIGO FELIPE SOLÍS CHAVEZ, chileno, cirujano dentista, soltero, cédula nacional de identidad N° 11.631.026-0, domiciliado en Sector Lechagua rural Sin Número de la ciudad de Ancud, don FRANCISCO JAVIER MOLINA VERA, chileno, cirujano dentista, cédula nacional de identidad N°10.422.147-5, y doña PAULA ANDREA MUÑOZ ÁVILA, chilena, cirujana dentista, cédula nacional de identidad N°10.290.359-5, ambos casados entre sí bajo el régimen matrimonial de separación total de bienes, domiciliados en Calle Pedro Gajardo Ruiz número ocho, Villa Amanecer, de la ciudad de Ancud, cedieron la sociedad SOCIEDAD CLÍNICA DE ESPECIALIDADES ODONTOLÓGICAS SAN CARLOS DE ANCUD LIMITADA” conocida también con el nombre de fantasía CEO LTDA. RUT N° 76.540.680-3, constituida por escritura pública de 18 de abril del año 2006, otorgada ante la Notario Público de Ancud, doña Martita Wörner Tapia, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 39 N°27 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Ancud, correspondiente al año 2006, publicado en el Diario Oficial de fecha 03 de mayo del mismo año.La sociedad registra un capital social de $9.000.000. Don RODRIGO FELIPE SOLÍS CHAVEZ, don FRANCISCO JAVIER MOLINA VERA, y doña PAULA ANDREA MUÑOZ ÁVILA, venden, transfieren y ceden a doña NATIA JULIETTE TIRACHINI LINCOLEO, chilena, soltera, cirujana dentista, cédula nacional de identidad N°19.647.632-6, domiciliada en Sector Lechagua sin número, kilómetro cuatro, y doña DAYNA CÁRCAMO ALVARADO, chilena, soltera, cirujana dentista, cédula nacional de identidad N° 19.266.858-1, domiciliada en calle Yerbas Buenas número 840 interior, quienes aceptan y adquieren para sí en partes iguales todos los derechos que a los cedentes correspondían en la sociedad SOCIEDAD CLÍNICA DE ESPECIALIDADES ODONTOLÓGICAS SAN CARLOS DE ANCUD LIMITADA”. El precio de la cesión es la suma de $15.000.000, que las cesionarias pagarán en partes iguales, en dinero en efectivo a los cesionarios en dos pagos, uno en este acto, y otro en un plazo que no exceda los 30 días. Acto seguido doña NATIA JULIETTE TIRACHINI LINCOLEO, y doña DAYNA CÁRCAMO ALVARADO, como únicas socias de la SOCIEDAD CLÍNICA DE ESPECIALIDADES ODONTOLÓGICAS SAN CARLOS DE ANCUD LIMITADA, modifican el estatuto social de esta última en cuanto a la administración, la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, el uso de la razón social, que corresponderá indistintamente a doña NATIA JULIETTE TIRACHINI LINCOLEO, y doña DAYNA CÁRCAMO ALVARADO, quienes deberán actuar conjuntamente, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades administrativas y la obligará en todos los actos, gestiones, negocios y contratos relativos a su objeto o giro ordinario, y en especial y además en la celebración de los siguientes actos o contratos, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social y sin que la enumeración que sigue, importe limitación alguna, a su vez modifican el objeto de la sociedad, en cuanto agregan a este el arriendo de box de consultas a profesionales del área de la salud y por último, el capital de la sociedad, el cual asciende a la suma de $1.200.000, los cuales son aportados en partes iguales por ambas socias. En todo aquello que no estuviere modificado por el presente instrumento, continuarán vigentes las estipulaciones contenidas en el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Ancud, 22 de agosto de 2024.