SERVICIOS DE CUIDADO CANINO PERROS PITUCOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2024
- Notario
- Suplente EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO
- Oficio
- 34ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA DE LOS ANGELES UBILLA SANTA CRUZ, Suplente EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34ª Notaría de Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Por escritura pública de 20 de agosto de 2024, ante Titular, don Nolasco Rodolfo Pizarro González, doña Camila María Francisca Acevedo Canales, doña Verónica Paulina del Pilar Acevedo Canales y doña María Belén Saavedra Prats quien actuó representada por su mandataria legal doña Claudia Paz Victoria Sarmiento Ramírez, todos domiciliados en calle Vitacura 3157, local 2, Vitacura, modificaron la sociedad SERVICIOS DE CUIDADO CANINO PERROS PITUCOS LIMITADA, inscrita a fojas 13.441, número 7.534, en Registro de Comercio del año 2016, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago (la “Sociedad”), en los siguientes términos: 1) doña Camila María Francisca Acevedo Canales, vende, cede y transfiere a doña Verónica Paulina del Pilar Acevedo Canales, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, correspondientes al 30% del capital social, los que las partes fijaron en un valor de $2.000.000 que la cesionaria pagará a la cedente dentro de los próximos dos años. 2) doña María Belén Saavedra Prats vende, cede y transfiere a don Nolasco Rodolfo González Pizarro, quien compra, acepta y adquiere para sí, la totalidad de sus derechos sociales, correspondientes al 20% del capital social, los que las partes fijaron en un valor de $10.760.000 que el cesonario pagará en una cuota de $350.000 en este acto y el resto en cuotas sucesivas mensuales de al menos el mismo valor, a partir de junio del año 2025 hasta completar el valor. Como consecuencia de lo anterior, el capital de la sociedad queda distribuido de la siguiente forma: a don Nolasco Rodolfo Pizarro González le corresponde el 45% de los derechos sociales y a doña Verónica Paulina del Pilar Acevedo Canales el 55% de los derechos sociales. Se modifica el artículo quinto de los estatutos de la Sociedad a fin de adecuarlo a la cesión. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Agosto de 2024.