Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2024
- Repertorio
- 5834/2024
- Comuna
- Providencia
Sociedad
- Domicilio
- ciudad de Santiago de Chile; administración y el uso de la razón social corresponderá a don ÁLVARO AGUSTÍN PUMA CONTRERAS y a CENTRO INTEGRAL DE NEGOCIOS 360 LIMITADA, de forma indistinta – conjunta y/o separada–
- Duración
- cinco años, contados desde la fecha de suscripción de la presente escritura. Este plazo se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos, a menos que, cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, mediante declaración de escritura pública. Respecto de la declaración anterior, deberá tomarse nota al margen de la inscripción del pacto social en el respectivo registro de comercio, con una anticipación de a lo menos tres meses al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prorrogas
Objeto social
a) la prestación de servicios de cobranza prejudicial y judicial respecto de todo tipo de obligaciones de pago, cualquiera sea su causa; b) la prestación de servicios de recaudación y pagos en general, incluyendo, pero sin limitarse, a la recaudación y pagos por cuenta de terceros del pago de todo tipo de cuentas y obligaciones; c) la prestación de servicios de custodia de todo tipo de documentos y de trámites administrativos en general, y; d) la prestación de servicios de marketing y de programación o ejecución de campañas, de confección de bases de datos, en todas su formas y por todos los medios existentes o que en el futuro se crearen para tal fin, todo en cuanto fuere conducente, necesario o recomendable para la adecuada prestación de los servicios de recopilación, almacenamiento, custodia administración, procesamiento, estudios y análisis de datos, antecedentes y)o información de desarrollo de los servicios de cobranza de créditos, cualquiera sea el elemento o material de soporte de la misma. Todas las actividades reseñadas en el objeto social podrán ser efectuadas por la sociedad, por sí o a través de terceros, mediante la contratación o subcontratación de los mismos;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 14 de agosto de 2024, ante mí, Repertorio 5834/2024: don ÁLVARO AGUSTÍN PUMA CONTRERAS y la sociedad CENTRO INTEGRAL DE NEGOCIOS 360 LIMITADA, representada por don ESTEBAN ANDRÉS RAMOS PINO, todos domiciliados en La Concepción número ciento cuarenta y uno, oficina número setecientos ocho, comuna de Providencia, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada al monto respectivos aportes; razón social: “RECUPERA FÁCIL LIMITADA”, nombre de fantasía “Recupera Fácil Ltda.”; objeto: a) la prestación de servicios de cobranza prejudicial y judicial respecto de todo tipo de obligaciones de pago, cualquiera sea su causa; b) la prestación de servicios de recaudación y pagos en general, incluyendo, pero sin limitarse, a la recaudación y pagos por cuenta de terceros del pago de todo tipo de cuentas y obligaciones; c) la prestación de servicios de custodia de todo tipo de documentos y de trámites administrativos en general, y; d) la prestación de servicios de marketing y de programación o ejecución de campañas, de confección de bases de datos, en todas su formas y por todos los medios existentes o que en el futuro se crearen para tal fin, todo en cuanto fuere conducente, necesario o recomendable para la adecuada prestación de los servicios de recopilación, almacenamiento, custodia administración, procesamiento, estudios y análisis de datos, antecedentes y/o información de desarrollo de los servicios de cobranza de créditos, cualquiera sea el elemento o material de soporte de la misma. Todas las actividades reseñadas en el objeto social podrán ser efectuadas por la sociedad, por sí o a través de terceros, mediante la contratación o subcontratación de los mismos; capital: un millón de pesos, que los socios aportan de la siguiente forma: a) don Álvaro Agustín Puma Contreras, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social; y b) CENTRO INTEGRAL DE NEGOCIOS 360 LIMITADA, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento del haber social; duración: cinco años, contados desde la fecha de suscripción de la presente escritura. Este plazo se entenderá tácita y automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos, a menos que, cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad, mediante declaración de escritura pública. Respecto de la declaración anterior, deberá tomarse nota al margen de la inscripción del pacto social en el respectivo registro de comercio, con una anticipación de a lo menos tres meses al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prorrogas; domicilio: ciudad de Santiago de Chile; administración y el uso de la razón social corresponderá a don ÁLVARO AGUSTÍN PUMA CONTRERAS y a CENTRO INTEGRAL DE NEGOCIOS 360 LIMITADA, de forma indistinta – conjunta y/o separada–.- Santiago, 14 de agosto de 2024.-cr