CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES ARAUCA SpA

RUT 18639884-K CVE 2539467
Fecha instrumento
14 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
14 de agosto de 2024
Repertorio
12185-2024
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La importación, exportación, compra, venta, comercialización, arrendamiento, concesión o leasing, en todas sus formas, por sí o por intermedio de terceros, de toda clase de bienes y productos, nacionales o extranjeros. Para el desarrollo de su giro comercial, la sociedad podrá celebrar toda clase actos y contratos, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, incluso el Fisco y Municipalidades, pudiendo acordar en ellos todas y cada una de sus cláusulas y estipulaciones, sean éstas de su esencia, de su naturaleza, o meramente accidentales, constituir sociedades e ingresar a las ya constituidas. En general, la Sociedad podrá desarrollar toda clase de actividades, directa o indirectamente, relacionadas con el objeto social o que los accionistas de común acuerdo determinen

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
José Matías Poblete Vicuña socio 18639884-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 979, oficina 501, certifica que: por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2024, Repertorio 12.185-2024, ante mí, José Matías Poblete Vicuña, RUT: 18.639.884-k, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: El nombre de la sociedad es INVERSIONES ARAUCA SpA.- Objeto: El objeto de la sociedad será: La importación, exportación, compra, venta, comercialización, arrendamiento, concesión o leasing, en todas sus formas, por sí o por intermedio de terceros, de toda clase de bienes y productos, nacionales o extranjeros. Para el desarrollo de su giro comercial, la sociedad podrá celebrar toda clase actos y contratos, con toda clase de personas, naturales o jurídicas, incluso el Fisco y Municipalidades, pudiendo acordar en ellos todas y cada una de sus cláusulas y estipulaciones, sean éstas de su esencia, de su naturaleza, o meramente accidentales, constituir sociedades e ingresar a las ya constituidas. En general, la Sociedad podrá desarrollar toda clase de actividades, directa o indirectamente, relacionadas con el objeto social o que los accionistas de común acuerdo determinen. Capital: El capital social, ascendente a la cantidad de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: don José Matías Poblete Vicuña, suscribe y paga íntegramente en este acto cien acciones, por un valor total de un millón de pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de copia de autorizada del extracto de la escritura de constitución de la Sociedad para requerir inscripciones y publicaciones que sean pertinentes.- Santiago, 14 de agosto de 2024.