Inmobiliaria Alameda S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de junio de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.612.177 CLP
- Domicilio
- la ciudad y comuna de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
la inversión, compra y venta, construcción, urbanización, y administración de inmuebles de toda clase, la inversión en bienes muebles, acciones, derechos y valores mobiliarios de toda clase, y la realización de todos los objetivos relacionados con lo anterior.- Capital y Acciones: El capital de la sociedad es la suma de $2.711.176.254, dividido en 475.517 acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROSE MARIE MUÑOZ ÁLVAREZ, Abogado, Notario Suplente de don PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago con domicilio en Avenida La Dehesa, número 1201, Local 101, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, certifica que: por acuerdo de Junta Extraordinaria de Accionistas de INMOBILIARIA ALAMEDA S.A., rol único tributario N° 99.543.670-1, sociedad anónima inscrita a fojas 39.199 número 29.753 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2003 (en adelante, la “Sociedad”), la que fue reducida a escritura pública de fecha 28 de junio de 2024 bajo repertorio número 4719-2024, ante el notario titular, se acordó por la unanimidad de los accionistas, entre otras materias, lo siguiente: (I) Dividir la Sociedad en dos sociedades anónimas. Una de ellas será la continuadora legal de la Sociedad y conservará el nombre “INMOBILIARIA ALAMEDA S.A.” y la otra será una nueva sociedad anónima cerrada que se forma por la división bajo el nombre de “INMOBILIARIA ALAMEDA TRES S.A.”. (II) Disminuir el capital de la Sociedad desde la suma inicial de $5.612.177.500 dividido en 475.517 acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a la suma definitiva de $2.901.001.246, dividido en 475.517 ordinarias, nominativas y sin valor nominal. (III) Modificar el artículo cuarto permanente y el artículo tercero transitorio de los estatutos sociales de la Sociedad para reflejar los acuerdos adoptados por los siguientes: “ARTÍCULO CUARTO.- El capital de la sociedad será la cantidad de $2.901.001.246, divido en 475.517 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma señalada en el artículo tercero transitorio de estos estatutos.”.- “ARTÍCULO TERCERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $2.901.001.246, dividido en 475.517 acciones nominativas, de igual valor, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente forma: i) Inversiones Turma S.A. titular de 100 acciones, representativas del 0,02% aproximado del capital social; y ii) Asesorías e Inversiones Torremolinos S.A. titular de 475.417 acciones, representativas del 99,98% aproximado del capital social.” (IV) Fijar el texto de los estatutos sociales de la nueva sociedad “INMOBILIARIA ALAMEDA TRES S.A.” del cual se extracta lo siguiente: Accionistas: Inversiones Turma S.A., rol único tributario N° 77.640.320-2 y Asesorías e Inversiones Torremolinos S.A., rol único tributario N° 99.543.450-4, ambas domiciliadas en Pedro de Valdivia N° 555, oficina 802, Providencia, Región Metropolitana. Nombre: INMOBILIARIA ALAMEDA TRES S.A., pudiendo actuar igualmente bajo el nombre de fantasía de “ALAMEDA TRES S.A.”. Domicilio: la ciudad y comuna de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Duración: indefinida. Objeto: la inversión, compra y venta, construcción, urbanización, y administración de inmuebles de toda clase, la inversión en bienes muebles, acciones, derechos y valores mobiliarios de toda clase, y la realización de todos los objetivos relacionados con lo anterior.- Capital y Acciones: El capital de la sociedad es la suma de $2.711.176.254, dividido en 475.517 acciones ordinarias, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 21 de agosto de 2024.