GRAFTELCOM TELECOMUNICACIONES Y TELEMETRIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de agosto de 2024
- Notario
- JORGE EDUARDO MESSEN CONCHA
- Oficio
- Titula de la 2da Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La explotación de todo lo relacionado con el área de telecomunicaciones, televisión y telemetría, considerando materias de televisión por tierra, satelital y GPS; b) Instalaciones, ventas de artefactos y servicios de comunicaciones, telecomunicaciones y telemetría; c) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos tecnológicos, incluyendo celulares, servicio de Internet, herramientas y demás insumos para la explotación de las comunicaciones, telecomunicaciones y telemetría, además de representaciones y consignaciones, y d) Cualquier otro negocio relacionado directa o indirectamente con el rubro indicado
Administración
La sociedad será administrada por una persona natural elegida por la Junta de Accionistas, que llevará el título de Gerente General de la sociedad y que durará indefinidamente en su cargo. Se designa como primer Gerente General a don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, ya individualizado, nombramiento que será válido mientras no sea revocado por la Junta de Accionistas de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE EDUARDO MESSEN CONCHA, Abogado, Notario Público Titula de la 2da Notaría de Curicó, con oficio en calle Carmen 489, Curicó, Certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de Agosto de 2024, Rep. N°3.331-2024, ante mí, don LIBERATO ARTURO VARGAS REYES, chileno, viudo, pensionado, cédula de identidad N°7.642.370- 9, don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, chileno, divorciado, ingeniero en ejecución comercial, cédula de identidad N°13.351.051-6, doña ORIANA SOLEDAD VARGAS BAEZA, chilena, divorciada, ingeniero de ejecución en turismo, cédula de identidad N°15.127.750-0; y doña VALENTINA MARÍA VARGAS BAEZA, chilena, soltera, enfermera, cédula nacional de identidad N°19.334.068-7, todos domiciliados para estos efectos en pasaje Los Ángeles número cuatrocientos sesenta, Villa Norte, comuna de Hualañé, de paso en esta ciudad, efectuaron Cesión de Derechos y Transformación de Sociedad. Antecedentes.- Antecedentes.- Uno) Por escritura pública de 11 de julio de 2012, Rep. N° 3305-2012, otorgada ante don Carlos Miranda Jiménez, Notario Público de Concepción, don Eric Esteban Sánchez Villablanca y don Eduardo Arturo Vargas Baeza, constituyeron la sociedad de responsabilidad limitada “GRAFTELCOM TELECOMUNICACIONES Y TELEMETRIA LIMITADA”, nombre de fantasía “GRAFTELCOM LIMITADA”, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de 21 de julio de 2012 e inscribió a Fojas 1.818 Vta. N° 1673 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2012. Dos) Por escritura 31 de agosto de 2016, Rep. N°697-2016, otorgada ante doña Alejandra Peredo Olivares, Notario Público Suplente del Titular de Licantén don Eduardo Soto Díaz, se rectificó la cláusula séptima de escritura de constitución respecto a la duración de la sociedad, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial de 8 de Septiembre de 2016 e inscribió a Fojas 1903 N° 1575 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2016. Tres) Por escritura de 20 de septiembre de 2017, Rep. N°5.962-2017, otorgada ante don Juan Alberto Rubilar Rivera, Notario Público Suplente del Titular de Concepción don Carlos Miranda Jiménez, don ERIC ESTEBAN SANCHEZ VILLABLANCA, don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, y doña ORIANA MARÍA BAEZA PEÑA, efectuaron modificación de la sociedad consistente en cesión derechos sociales en que don ERIC ESTEBAN SANCHEZ VILLABLANCA, vendió, cedió y transfirió a doña ORIANA MARÍA BAEZA PEÑA, quien compró, aceptó y adquirió para sí, el total de la participación de este, ascendiente al 10% del capital social, por el precio y demás estipulaciones que constan en el referido instrumento, quedando conformada la sociedad únicamente por don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA con un 90% de participación social, y doña ORIANA MARÍA BAEZA PEÑA con el 10% de participación social. El extracto respectivo se publicó en el Diario Oficial de 28 de septiembre de 2017 e inscribió a Fojas 2145 Vta. N°1695 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2017.- Cuatro) Con motivo del lamentable fallecimiento de doña ORIANA MARÍA BAEZA PEÑA, y según constan de la posesión efectiva de su herencia que fue concedida por el Director Regional Región del Maule del Registro Civil e Identificación con fecha 12 de enero de 2024, mediante resolución exenta N° 787, publicada el 15 de enero de 2024 en el Diario La Prensa. Número de Inscripción 4.847 del año 2024 del Registro Civil e Identificación, por tanto, del diez por ciento (10%) de participación que le correspondía a doña ORIANA MARÍA BAEZA PEÑA en la sociedad quedan como únicos herederos: don LIBERATO ARTURO VARGAS REYES, en calidad de cónyuge, don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, doña ORIANA SOLEDAD VARGAS BAEZA, y doña VALENTINA MARÍA VARGAS BAEZA, en calidad de hijos.- La sociedad se encuentra registrada bajo el R.U.T. N° 76.220.854-7. Capital social: un millón de pesos ($1.000.000).- Cesión de Derechos: don LIBERATO ARTURO VARGAS REYES, doña ORIANA SOLEDAD VARGAS BAEZA, y doña VALENTINA MARÍA VARGAS BAEZA, venden, ceden y transfieren a don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, quien compra, acepta, y adquiere para sí, el total las acciones y derechos que les corresponde en calidad de herederos de doña ORIANA MARÍA BAEZA PEÑA, respecto del 10% de participación en la sociedad “GRAFTELCOM TELECOMUNICACIONES Y TELEMETRIA LIMITADA”, por el precio de noventa mil pesos ($90.000), pagados en acto de contado y en dinero efectivo, a razón de setenta mil pesos a don LIBERATO ARTURO VARGAS REYES; diez mil pesos a doña ORIANA SOLEDAD VARGAS BAEZA, y diez mil pesos a doña VALENTINA MARÍA VARGAS BAEZA, montos declararon recibir conforme, dando así por íntegramente pagado el precio. Transformación: Como consecuencia de la Cesión de Derechos sociales, don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, posee el cien por ciento (100%) de los derechos sociales de la sociedad “GRAFTELCOM TELECOMUNICACIONES Y TELEMETRIA LIMITADA” viene en efectuar transformación de dicha sociedad en una Sociedad por Acciones, Nombre: “GRAFTELCOM SpA”. Objeto: a) La explotación de todo lo relacionado con el área de telecomunicaciones, televisión y telemetría, considerando materias de televisión por tierra, satelital y GPS; b) Instalaciones, ventas de artefactos y servicios de comunicaciones, telecomunicaciones y telemetría; c) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos tecnológicos, incluyendo celulares, servicio de Internet, herramientas y demás insumos para la explotación de las comunicaciones, telecomunicaciones y telemetría, además de representaciones y consignaciones, y d) Cualquier otro negocio relacionado directa o indirectamente con el rubro indicado. Administración: La sociedad será administrada por una persona natural elegida por la Junta de Accionistas, que llevará el título de Gerente General de la sociedad y que durará indefinidamente en su cargo. Se designa como primer Gerente General a don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, ya individualizado, nombramiento que será válido mientras no sea revocado por la Junta de Accionistas de la sociedad. Capital: un millón de pesos ($1.000.000), dividido en mil (1.000) acciones, nominativas, sin valor nominal y de una sola serie.- El capital de la sociedad está totalmente suscrito y pagado de acuerdo con los antecedentes que siguen: don EDUARDO ARTURO VARGAS BAEZA, suscribe la cantidad de mil (1.000) acciones, por un valor un millón de pesos ($1.000.000), que equivale al 100% del capital social, con cargo a su participación social, los derechos que adquirió por herencia de doña ORIANA MARÍA BAEZA PEÑA y la cesión de derechos efectuada por los demás herederos, por tanto el capital que se encuentra íntegramente, enterado y pagado. Domicilio: Concepción, sin perjuicio de los domicilios especiales y de las agencias, sucursales u oficinas que se puedan establecer en otros lugares del país. Duración: Indefinida a contar de la fecha de la escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Curicó, 26 de Agosto de 2024.