SERVICIOS & CONSULTORÍAS SpA
Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2024
- Notario
- Jorge Andrés Ossa Cuevas
- Domicilio
- San Miguel con asiento en La Cisterna
Sociedad
- Capital
- $5.927.441 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Andrés Ossa Cuevas, Notario Público de San Miguel con asiento en La Cisterna, Gran Av. José Miguel Carrera 7710, certifico: Por escritura de fecha 06 de agosto de 2024, ante mí, GERMÁN MAURICIO CUTURRUFO TORO, empresario, c.n.i. n° 9.698.289-5, Avda. Narciso Herrera n° 2.335, Coquimbo, modificó “SERVICIOS & CONSULTORÍAS SpA”, Rut: 78.916.260-3, constituida como sociedad de responsabilidad limitada bajo el nombre de “Servicios & Consultorías Limitada” o “Serco Limitada”, mediante escritura pública de 08.11.1996 ante Jaime Morandé Miranda, Notario Público de La Serena, extracto inscrito a fs. 187 n° 169 del Registro de Comercio de Coquimbo del año 1.996; modificada y transformada en sociedad por acciones bajo el nombre de “Servicios & Consultorías SpA” y nombre de fantasía “Serco SpA.”, mediante escritura público de 30.12.2016 ante Rubén Reinoso Herrera, Notario Público de La Serena, estableciendo capital social en $5.927.441, dividido en 100 acciones ordinarias y nominativas, de igual valor y sin valor nominal, extracto inscrito a fs. 103 n° 50 del Registro de Comercio de Coquimbo del año 2.017. En el Registro de Accionistas de la Sociedad figura que de las 100 acciones en que se divide el capital social, Germ 01án Mauricio Cuturrufo Toro es dueño de todas ellas. Por instrumento, el compareciente, quien representa la totalidad de las acciones en que se divide el capital social, y en conformidad a lo previsto en el artículo 427 del Código del Comercio, viene en modificar el artículo 3° permanente de los estatutos sociales, en el sentido de establecer que en adelante la administración y representación de la sociedad, así como el uso de la razón social, le corresponderá, en reemplazo de don Germán Mauricio Cuturrufo Toro, en forma única y exclusiva a don Héctor Raúl Molina Rojas, c.n.i. 14.394.015-8, quien comparece en señal de aceptación del encargo, y que actuando individualmente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, la obligará y representará con todas y cada una de las facultades que el citado artículo del Estatuto permanente de la sociedad le confiere al cargo. En el resto, permanecen inalterados los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan escritura extractada.