SALUD Y ESTETICA NCA SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de agosto de 2024
- Repertorio
- 16722-2024
- Notario
- ALVARO GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la 42° Notaría de Santiago, ubicada en Avenida Apoquindo número 3.001, piso 2, Las Condes Región Metropolitana, certifica que mediante escritura pública de fecha 1° de julio de 2024, repertorio 16.722-2024, otorgada ante don Nelson Patricio Carvallo Santa María, Suplente de la Notaría ya indicada, doña Pamela Andrea Barrientos Martínez, con domicilio en Camino El Cajón 17.350, Lo Barnechea y Eduardo Andrés Barrientos Martínez, con domicilio en Mariano Sánchez Fontecilla 984, depto. 1.102, Las Condes, en su calidad de actuales y únicos accionistas de SALUD Y ESTETICA NCA SpA (la “Sociedad”), inscrita a fojas 15.092 N°6.654 del Registro de Comercio de Santiago del año 2024, acordaron por unanimidad: 1) Aprobar la fusión por incorporación de SOCIEDAD COMERCIAL, NUTRICION Y ESTETICA CUERPO Y ALMA LIMITADA inscrita a Fojas 12.626 N° 8.816 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012 en SALUD Y ESTETICA NCA SpA, siendo esta última la sociedad absorbente y continuadora legal de la sociedad absorbida. 2) Aprobar el balance al 30 de junio de 2024 de la Sociedad, el balance a la misma fecha de la sociedad absorbida y el balance proforma de la Sociedad ya fusionada. 3) Aprobar la incorporación en la Sociedad de la totalidad del patrimonio de SALUD Y ESTETICA NCA SpA. 4) Aprobar que, como consecuencia de la fusión, los socios de SOCIEDAD COMERCIAL, NUTRICIÓN Y ESTÉTICA CUERPO Y ALMA LIMITADA recibirán la cantidad de acciones que proporcionalmente les corresponden en el aumento de capital que se verifica con ocasión de la fusión en SALUD Y ESTÉTICA NCA SpA. En ese sentido aprueban un aumento del capital de la Sociedad, pasando de la suma de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas y de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de $71.000.000, dividido en 7.100 acciones ordinarias, nominativas y de una misma serie y sin valor nominal, emitiendo 6.100 nuevas acciones, siendo suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) Pamela Andrea Barrientos Martínez, 3.550 acciones por la suma de $35.500.000, íntegramente pagado con anterioridad a este acto; y (b) Eduardo Andrés Barrientos Martínez, 3.550 acciones por la suma de $35.500.000, íntegramente pagado con anterioridad a este acto. 5) Canje de las acciones: (a) Pamela Andrea Barrientos Martínez, recibirá 3.500 acciones de la Sociedad en canje a los derechos sociales que tenía en la sociedad absorbida, quedando con el 50% de las acciones de la Sociedad. (b) Eduardo Andrés Barrientos Martínez, recibirá 3.500 acciones de la Sociedad en canje a los derechos sociales que tenía en la sociedad absorbida, quedando con el 50% de las acciones de la sociedad absorbente. 6) Aprobar que SALUD Y ESTETICA NCA SpA, en su calidad de sociedad continuadora, asume y se hace responsable en forma solidaria de todos los impuestos que adeudare y demás obligaciones tributarias de la sociedad absorbida a la fecha de la fusión acordada. 7) Reemplazar los siguientes artículos del estatuto: i.- El Artículo Quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de $71.000.000 pesos, dividido en 7.100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto, que se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio. La Sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Se acuerda que el capital deberá quedar completamente suscrito, enterado y pagado en un plazo de doce meses a contar de la fecha de otorgamiento de la presente escritura. Las acciones podrán pagarse en dinero o en especies. En este último caso, los bienes deberán ser previamente aceptados y avaluados por la administración de la Sociedad o por la unanimidad de las acciones. Sin perjuicio de lo anterior, no será necesario que las acciones suscritas se encuentren pagadas para que los accionistas titulares de las mismas puedan ejercer los derechos políticos que aquellas les entregan.”; y ii.- El Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es la suma de $71.000.000 pesos, dividido en 7.100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, las que han sido totalmente suscritas y pagadas con anterioridad a este acto, de la siguiente forma: (a) don Eduardo Andrés Barrientos Martínez, suscribió y pagó 3.550 acciones de la Sociedad por la suma de $35.500.000 pesos; (b) doña Pamela Andrea Barrientos Martínez suscribió y pagó 3.550 acciones de la Sociedad por la suma de $35.500.000 pesos.” 8) Producto de la fusión acordada, se disolvió SOCIEDAD COMERCIAL, NUTRICION Y ESTETICA CUERPO Y ALMA LIMITADA, cuyo extracto de fusión y disolución se legaliza en forma separada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Capital de la sociedad: $71.000.000. Santiago, 27 de agosto de 2024.