AUTOMOTORA AUTOLAN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 22 de agosto de 2024
- Repertorio
- 58867-2024
- Notario
- CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
- Oficio
- Quincuagésima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
En virtud de lo anterior, se sustituyó el Artículo Segundo Permanente de los Estatutos de la Sociedad, por el que se indica a continuación: ““ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto es a) la compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento -con o sin opción de compra- y reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinarias, maquinas, herramientas y móviles; repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro; b) prestar servicios a la industria y al comercio automotriz, sean personas naturales o jurídicas, compañías y empresas unipersonales, especialmente, en el área de compra y venta de vehículos, prestando servicios de intermediario en las distintas operaciones relacionadas con el mercado automotriz es su más amplia acepción; c) la prestación de servicios a clientes en las áreas de comercialización de vehículos motorizados y de administración de flota; la contratación de servicios para terceros y la asesoría en relación con tales labores; d) el corretaje y la intermediación de toda clase de vehículos motorizados, la compra y venta, la promoción de negocios; inversiones, planes de comercialización y asesoría en los mismos; e) la administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en particular la administración de bienes intangibles, y en general realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos a su cargo; f) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; g) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 22/08/2024, bajo el repertorio N° 58.867-2024, ante mí, se redujo Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de AUTOMOTORA AUTOLAN S.A., inscrita a fojas 19.844, N° 10.136, año 2019, Registro de Comercio, Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada con fecha 12 de agosto de 2024, en virtud de la cual su único y actual accionistas acordaron modificar la Sociedad en el sentido de modificar el objeto social. En virtud de lo anterior, se sustituyó el Artículo Segundo Permanente de los Estatutos de la Sociedad, por el que se indica a continuación: ““ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto es a) la compraventa, consignación, permuta, distribución, importación, exportación, arrendamiento -con o sin opción de compra- y reparación de automóviles, camiones, camionetas, furgones, acoplados, carros, motores, motocicletas y toda clase de vehículos terrestres o acuáticos, maquinarias, maquinas, herramientas y móviles; repuestos y accesorios de todos ellos, sean nuevos o usados y todo lo relacionado con los vehículos existentes en la actualidad y los que existan en el futuro; b) prestar servicios a la industria y al comercio automotriz, sean personas naturales o jurídicas, compañías y empresas unipersonales, especialmente, en el área de compra y venta de vehículos, prestando servicios de intermediario en las distintas operaciones relacionadas con el mercado automotriz es su más amplia acepción; c) la prestación de servicios a clientes en las áreas de comercialización de vehículos motorizados y de administración de flota; la contratación de servicios para terceros y la asesoría en relación con tales labores; d) el corretaje y la intermediación de toda clase de vehículos motorizados, la compra y venta, la promoción de negocios; inversiones, planes de comercialización y asesoría en los mismos; e) la administración de bienes de la sociedad, de los socios y de terceros, personas naturales o jurídicas, cosas muebles o inmuebles, corporales o incorporales, en particular la administración de bienes intangibles, y en general realizar todas las acciones que la ley permita, para la buena administración de las cosas, los bienes, los fondos, los valores y los créditos a su cargo; f) la realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, económico, financiero y técnico; g) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden”.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, a 27/08/2024.