MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES LA PARCELA ES MIA LIMITADA

RUT 76712991-2 CVE 2537993
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de agosto de 2024

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2024

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 9 de Agosto de 2024, comparecieron don OSCAR HUMBERTO GUTIERREZ VIVANCO, domiciliado en Villa San Alberto, Sector La Obra, Los Niches, Comuna de Curicó; don FRANCISCO JAVIER CANALES ESPINOZA, con domicilio en Villa San Alberto, Lote N°2, comuna de Curicó y don JUAN LUIS MEJÍAS GUTIÉRREZ, domiciliado en Villa San Alberto de Los Niches, Lote N°39, comuna de Curicó; y expusieron: Que por escritura pública de fecha 14 de noviembre de 2023, otorgada ante el notario público de Curicó don Carlos Andrés Ortega Alul, don Oscar Humberto Gutiérrez Vivanco y don Francisco Javier Canales Espinoza, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada que gira bajo la razón social de “SOCIEDAD DE INVERSIONES LA PARCELA ES MIA LIMITADA”, pudiendo sustituirse la expresión “Limitada”, por “Ltda.”, Rut 76.712.991-2.- El domicilio es la ciudad de Curicó. El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, aportado como se dice en la escritura. El extracto de la sociedad fue inscrito a fojas 1036 N°476 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó del año 2023. Por el presente instrumento público, don Oscar Humberto Gutiérrez Vivanco, con el consentimiento de su socio, vende, cede y transfiere el 90% que le corresponde en el capital social a don Juan Luis Mejías Gutiérrez, quien compra y adquiere para sí. Precio, $9.000.000.-, al contado y en dinero efectivo.- Como consecuencia de la cesión, se retira de la mencionada sociedad don Oscar Humberto Gutiérrez Vivanco, quedando como únicos socios don Juan Luis Mejías Gutiérrez, con un 90% del capital social, sus utilidades, ingresos proporcionales acumulados y eventuales pérdidas; y don Francisco Javier Canales Espinoza, con un 10% del capital social, sus utilidades, ingresos proporcionales acumulados y eventuales pérdidas.- Por el presente acto, los actuales socios vienen en modificar esta sociedad en el siguiente sentido: Los socios acuerdan que la administración, representación y el uso de la razón social, le corresponderá exclusivamente a don Francisco Javier Canales Espinoza con todas las facultades mencionadas en la cláusula cuarta de la escritura constitutiva.- Lo no modificado permanece vigente.- Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 26 de Agosto de 2024.