SOCIEDAD COMERCIAL ARAUCO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2024
- Repertorio
- 2174
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO IVAR PALMA SOTOMAYOR, Notario Interino de Arica, con oficio en calle 21 de Mayo 252, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 02 de agosto de 2024, Repertorio N° 2.174, ante mí, don RODOLFO DOMINGO MAMANI JIMÉNEZ, con domicilio para estos efectos en calle Lastarria No. 1136, comuna de Arica, don DOMINGO MAMANI MAMANI, con domicilio en Hijuela Diez, El Teniente, Kilómetro 3 ½, Valle de Azapa, comuna de Arica, y doña ROBERTA JIMÉNEZ VIZA, con domicilio en calle Lastarria No. 1136, comuna de Arica modificaron la sociedad denominada SOCIEDAD COMERCIAL ARAUCO LIMITADA, RUT. 78.108-500-6, inscrita a fojas doscientos ochenta y seis, número ciento cuarenta y tres en el Registro de Comercio correspondiente al año mil novecientos noventa y uno del Conservador de Bienes Raíces de Arica, como sigue: Uno. Se dio cuenta de que don Domingo Mamani Mamani y doña Roberta Jiménez Viza pactaron sustituir el régimen de bienes de sociedad conyugal por el de separación total de bienes, y de que, en la liquidación parcial de la comunidad sobrevenida a la disolución de la sociedad conyugal, doña Roberta Jiménez Viza se adjudicó para sí los derechos sociales de Sociedad Comercial Arauco Limitada de los que era titular don Domingo Mamani Mamani, esto es, el noventa y nueve coma noventa y ocho por ciento de los derechos sociales, de manera que ella es, a esta fecha, la dueña de los mismos. Como consecuencia de la adjudicación de derechos sociales don Domingo Mamani Mamani se retiró de la sociedad, e ingresó a ella como socia doña Roberta Jiménez Viza, lo que fue aceptado por don Rodolfo Domingo Mamani Jiménez. Dos. Se acordó modificar el estatuto social, reemplazando el texto de la cláusula quinta del estatuto social vigente por el que sigue: “El capital de la sociedad es la suma de cuatrocientos cincuenta y un millones de pesos, el que se encuentra íntegramente aportado y enterado por sus socios o sus antecesores, y que le corresponde a sus actuales y únicos socios como sigue: a) a doña Roberta Jiménez Viza, en la suma de cuatrocientos cincuenta millones novecientos mil pesos, equivalente a un noventa y nueve coma noventa y ocho por ciento de los derechos sociales; y b) a don Rodolfo Domingo Mamani Jiménez, en la suma de cien mil pesos, equivalente a un cero coma cero dos por ciento de los derechos sociales.”. Tres. Se acordó modificar el texto de la cláusula cuarta del estatuto social, en el sentido de que la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden a doña Roberta Jiménez Viza y a don Rodolfo Domingo Mamani Jiménez, quienes podrán actuar separada e indistintamente uno cualquiera de ellos, con amplias facultades de administración y representación, las que se enuncian en la escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. Arica, 02 de agosto de 2024.