INVERSIONES E INMOBILIARIA P&P LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 25 de julio de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- 43ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $115.627 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular 43ª Notaria de Santiago, con domicilio en Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 25 de julio de 2024 hoy, ante mí, Rodolfo Antonio Paniagua Giannini, Pablo Ignacio Paniagua Prieto, María Elena Prieto Hormazábal, Camila Fernanda Paniagua Prieto, Javiera Ignacia Paniagua Prieto e Inversiones Lucca Limitada, todos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N°4.332, comuna de Estación Central, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad INVERSIONES E INMOBILIARIA P&P LIMITADA, constituida por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2009, cuyo extracto fue inscrito a fojas 46.216, N°31.973 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2009, modificación consistente en aumentar el capital social de la suma de $115.627.000 a la suma de $1.606.842.836, esto es, en la suma de $1.491.215.836, aumento íntegramente suscrito por la sociedad INVERSIONES LUCCA LIMITADA, quien ingresa como nueva socia. Como consecuencia del aumento de capital antes referido, los actuales y únicos socios, esto es, RODOLFO ANTONIO PANIAGUA GIANNINI, PABLO IGNACIO PANIAGUA PRIETO, MARÍA ELENA PRIETO HORMAZÁBAL, CAMILA FERNANDA PANIAGUA PRIETO, JAVIERA IGNACIA PANIAGUA PRIETO E INVERSIONES LUCCA LIMITADA, han decidido modificar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales, reemplazando su texto actual por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: El capital social es la cantidad de mil seiscientos seis millones ochocientos cuarenta y dos mil ochocientos treinta y seis pesos, íntegramente suscrito y pagado por los socios en la siguiente proporción: a) Doña María Elena Prieto Hormazábal, aportó la suma de veintidós millones quinientos mil pesos, equivalentes al uno coma cuatro por ciento del capital social; b) Don Rodolfo Antonio Paniagua Giannini, aportó la suma de veinticinco millones seiscientos veintisiete mil pesos, equivalentes al uno coma seis por ciento del capital social; c) Doña Camila Fernanda Paniagua Prieto, aportó la suma de veintidós millones quinientos mil pesos, equivalentes al uno coma cuatro por ciento del capital social; d) Don Pablo Ignacio Paniagua Prieto, aportó la suma de veintidós millones quinientos mil pesos, equivalentes al uno coma cuatro por ciento del capital social; e) Doña Javiera Ignacia Paniagua Prieto, aportó la suma de veintidós millones quinientos mil pesos, equivalentes al uno coma cuatro por ciento del capital social; y f) La sociedad Inversiones Lucca Limitada, aportó la suma de mil cuatrocientos noventa y un millones doscientos quince mil ochocientos treinta y seis pesos, equivalentes al noventa y dos coma ocho por ciento del capital social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para su legalización. Santiago, 31 de julio de 2024.