Inversiones Aledan II S.A.
Instrumento
- Fecha
- 2 de agosto de 2024
- Repertorio
- 9623/2024
- Notario
- Cosme Gomila Gatica
- Oficio
- 4ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCosme Gomila Gatica, Notario Público Titular 4ª Notaría de Santiago, con domicilio en Carmencita 20, Comuna de Las Condes, certifica: Con fecha 13/08/2024, Repertorio 9623/2024 ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de Inversiones Aledan II S.A., sociedad inscrita a fojas 396 Nº 177 del Registro de Comercio del Conservador de La Serena del año 2016, celebrada con fecha 02 de agosto de 2024, por la cual la totalidad de los accionistas acordaron modificar el objeto de la sociedad contenido en el Artículo Tercero de los estatutos sociales que constan en escritura pública de constitución de sociedad de fecha 08 de abril de 2016 otorgada en la Notaría de La Serena de don Oscar Fernández Mora, reemplazándolo por el siguiente: “Artículo Tercero: El objeto de la sociedad será la inversión en toda clase bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, urbanos y rurales; administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; representación o intermediación en cualquiera clase de bienes, contratos o negociaciones, toda forma de inversión de fondos sociales, sobre cualquiera clase de bienes u operaciones; rubro inmobiliario y construcción, pudiendo adquirir, vender, arrendar, lotear, dividir, administrar o explotar, bajo cualquier forma de contratación, bienes raíces urbanos y rurales, por cuenta propia o de terceros, construir o encargar la construcción de edificios, viviendas u otras obras en los inmuebles, y vender todo o parte de ellos a terceros, enajenarlos, arrendarlos o ceder su uso y goce a cualquier título, venta de materiales directa o indirectamente asociados a la construcción; elaborar y modificar proyectos habitacionales; realizar la inspección técnica de obras de construcción; administrar contratos de obras; prestar servicios de asistencia técnica, jurídica y social en el marco de los programas de vivienda gestionados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo a los reglamentos que ese Ministerio establezca para tal efecto; gestionar la recepción de obras de construcción ante los Serviu Regionales y ante las Direcciones de Obras Municipales; gestionar la inscripción de las viviendas antes los Conservadores de Bienes Raíces; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro inmobiliario y construcción.” Santiago, 14 de agosto de 2024. MMO.