ELECTRICIDAD PALAVECINO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de agosto de 2024
- Repertorio
- 7128-2024
- Notario
- abogado
- Domicilio
- Puerto Montt
Sociedad
- Domicilio
- Puerto Montt
- Duración
- Será de cinco años, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
Por don Carlos Antonio Palavecino Maldonado y don Jonathan Andrés Palavecino Cárcamo, quienes podrán actuar de manera conjunta e indistintamente con las restricciones indicadas en la escritura de constitución
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFELIPE SAN MARTÍN SCHRÖDER, abogado, Notario Público de Puerto Montt, con oficio en Puerto Montt, Urmeneta N°478, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 Agosto 2024, repertorio N°7128-2024 ante mí: don CARLOS ANTONIO PALAVECINO MALDONADO, quien declara ser chileno, casado, comerciante, cédula de identidad número siete millones novecientos cincuenta y dos mil doscientos tres guion uno; y don JONATHAN ANDRÉS PALAVECINO CÁRCAMO, quien declara ser chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número diecisiete millones seiscientos veintinueve mil setecientos treinta y siete guion nueve, ambos domiciliados para estos efectos en calle Barcelona número mil setecientos cuarenta y nueve de la comuna de Puerto Montt, Provincia de Llanquihue, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. RAZÓN SOCIAL. La razón social será “ELECTRICIDAD PALAVECINO LIMITADA”, pudiendo utilizar, además, en cualquier actuación incluso bancaria, el nombre de “ELECTRICIDAD PALAVECINO LTDA”. OBJETO. La sociedad tendrá por objeto: A) La compra y venta, al por mayor y al por menor, arrendamiento, distribución, consignación, intermediación, importación, depósitos, almacenamiento, mantenimiento, exportación y comercialización en general de artículos eléctricos y electrónicos para el hogar, computadores e insumos computacionales, equipos periféricos, programas informáticos, equipos de telecomunicaciones, partes y piezas de repuesto electrónicas, aparatos de uso doméstico, equipos de jardinería, textiles para el hogar y otros enseres domésticos, artículos de ferretería y materiales de construcción y, en general, todo lo que en la actualidad o en el futuro, tenga relación directa o indirecta con objetos vinculados al área de comercialización de aparatos electrónicos. B) La reparación de aparatos de uso doméstico, aparatos electrónicos de consumo, equipos de comunicaciones, computadores, partes y piezas electrónicas, equipos domésticos y de artículos de jardinería. C) Construir, desarrollar, abrir, operar y mantener locales dedicados a la oferta, venta y distribución de los productos indicados en las letras anteriores. D) Compra y venta de materiales, mobiliario, piezas, partes y repuestos electrónicos y, en general, todas aquellas actividades y realización de negocios relacionados directa o indirectamente con el objeto social y que los socios determinen de común acuerdo. E) Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y recibir en arrendamiento y otra forma de cesión temporal, toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, darlos en prenda, hipoteca y celebrar toda clase de contratos, realizar toda clase de inversiones sobre bienes muebles o inmuebles, corporales, explotarlos y administrarlos, percibir e invertir sus frutos y cualquier negocio licito que derive de los anteriores. En general, ejecutar y celebrar toda clase de actos y contratos que sean necesarios para el objeto y desarrollo del giro de la sociedad. DOMICILIO. Puerto Montt, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares del país o del extranjero. CAPITAL SOCIAL. El capital social asciende a la suma de veinticinco millones de pesos, que se aporta y paga por los socios de la siguiente forma: a) Don Carlos Antonio Palavecino Maldonado, aporta doce millones quinientos mil pesos y; b) Don Jonathan Andrés Palavecino Cárcamo, aporta doce millones quinientos mil pesos, ambas formas de aporte indicadas en la escritura. ADMINISTRACIÓN. Por don Carlos Antonio Palavecino Maldonado y don Jonathan Andrés Palavecino Cárcamo, quienes podrán actuar de manera conjunta e indistintamente con las restricciones indicadas en la escritura de constitución. DURACIÓN. Será de cinco años, plazo que se prorrogará automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales. Demás estipulaciones en la escritura extractada.- Puerto Montt 23 Agosto 2024.