CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Agrícola Pequenes Limitada

RUT 79609100-2 CVE 2536840
Capital
$2.465.259.592 CLP
Fecha instrumento
31 de diciembre de 2030
Notaría
Talca
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de diciembre de 2030
Notario
TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA
Oficio
Quinta Notaría de Talca
Comuna
Talca

Sociedad

Capital
$2.465.259.592 CLP
Domicilio
Talca
Duración
Desde fecha escritura hasta 31 diciembre 2030; plazo renovable períodos iguales y sucesivos 5 años cada uno, salvo cualquiera de socios manifieste voluntad no perseverar en forma señalada en escritura

Objeto social

a).- La explotación agrícola, frutícola y ganadera de predios rústicos propios o de terceros; b).- La comercialización y distribución de los productos que se obtengan; y, c).- otras actividades que los socios acuerden durante la vigencia de la sociedad

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, se constituyó sociedad que sigue: Socios: 1) “Agrícola Pichimapu Limitada”, persona jurídica agrícola, Rut 79.609.100-2, representada por don Miguel Antonio Arancibia Reyes, cédula identidad N° 4.810.579-3, agricultor, viudo; 2) Don Miguel Andrés Arancibia Marín, cédula identidad N° 8.467.208-4, agricultor, casado; 3) Doña Ana María Arancibia Marín, cédula identidad N° 8.465.456-6, empleada, casada en régimen separación bienes; todos domiciliados en Talca, Avenida Las Rastras N° 1285, Oficina 537. Nombre: “Agrícola Pequenes Limitada”, nombra fantasía “Agro Pequenes Ltda.”. Domicilio: Talca. Duración: Desde fecha escritura hasta 31 diciembre 2030; plazo renovable períodos iguales y sucesivos 5 años cada uno, salvo cualquiera de socios manifieste voluntad no perseverar en forma señalada en escritura. Objeto: a).- La explotación agrícola, frutícola y ganadera de predios rústicos propios o de terceros; b).- La comercialización y distribución de los productos que se obtengan; y, c).- otras actividades que los socios acuerden durante la vigencia de la sociedad. Capital: $2.465.259.592, que se aportan como sigue: a) Agrícola Pichimapu Limitada, aporta 98 % capital social, esto es $2.415.954.400, al contado, mediante aporte en propiedad de predio agrícola conocido como Exclusión Los Pequenes, Comuna Talca y derechos aprovechamiento de aguas consistentes en 39 acciones de Canal Flor del Llano, los que se singularizan en escritura social; b) Miguel Andrés Arancibia Marín, aporta 1% del capital social, esto es $24.652.596 que entera con $1.652.596 al contado y con $23.000.000 en plazo 5 años, en cuotas anuales y sucesivas de $4.600.000 cada una, venciendo primera 31 diciembre 2024 y última 31 diciembre 2029; c) Ana María Arancibia Marín, aporta 1% del capital social, esto es $24.652.596 que entera con $1.652.596 al contado y con $23.000.000 en plazo 5 años, en cuotas anuales y sucesivas de $4.600.000 cada una, venciendo primera el 31 diciembre 2024 y última 31 diciembre 2029. Administración y uso razón social: Será ejercida en cualquiera siguientes formas: a) por socia Agrícola Pichimapu Limitada, a través su mandatario, esto es, don Miguel Antonio Arancibia Reyes, actuando individualmente o don Miguel Andrés Arancibia Marín y doña Ana María Arancibia Marín, actuando conjuntamente; b) por socios Miguel Andrés Arancibia Marín y Ana María Arancibia Marín, actuando conjuntamente. Responsabilidad: Limitada a monto de respectivos aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Talca, 16 de agosto de 2024.