Instrumento
- Fecha
- 14 de agosto de 2024
- Repertorio
- 4145-2024
- Comuna
- Antofagasta
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Antofagasta
- Duración
- Indefinida
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Objeto social
El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La prospección, exploración y reconocimiento de pertenencias y propiedades mineras que arriende, que se le concedan o que adquiera, a cualquier título en Chile y en el extranjero; b) La explotación de esas mismas pertenencias y el beneficio y procesamiento de sus minerales; c) La explotación de plantas de extracción y de beneficios de minerales propias o ajenas; d) La comercialización de los minerales obtenidos de la explotación minera y sus subproductos, tanto en Chile como en el extranjero; e) El desarrollo de cualquier otra operación comercial o industrial relacionada con la actividad minera, pudiendo formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración y ejecutar todos los actos o contratos conducentes al fin social; f) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; g) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden, y h) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. La Sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas
Administración
La administración, representación y el uso del nombre social de la sociedad corresponderá a doña JOSEFA ANDREA ACEVEDO MÁNQUEZ, con amplias facultades de representación y sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO HURTADO PERALTA, Abogado, Notario Titular de la Tercera Notaría de Antofagasta, con oficio en calle José de San Martín Nº 2745, certifica; Que por escritura pública de fecha 14 de agosto de 2024, ante el Notario Suplente don Pablo Andrés Díaz Mery, Repertorio N°4145-2024, don JORGE ACEVEDO MARRÉ, en nombre y representación de FRANJA COSTERA SpA, constituyó una sociedad por acciones que se regirá por sus estatutos, las disposiciones del Código de Comercio, y en subsidio, por las normas de la Ley N° 18.046, sus modificaciones y reglamento, conforme se indica en la escritura extractada: Nombre Social: “MINERA PÚRPURA SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La prospección, exploración y reconocimiento de pertenencias y propiedades mineras que arriende, que se le concedan o que adquiera, a cualquier título en Chile y en el extranjero; b) La explotación de esas mismas pertenencias y el beneficio y procesamiento de sus minerales; c) La explotación de plantas de extracción y de beneficios de minerales propias o ajenas; d) La comercialización de los minerales obtenidos de la explotación minera y sus subproductos, tanto en Chile como en el extranjero; e) El desarrollo de cualquier otra operación comercial o industrial relacionada con la actividad minera, pudiendo formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración y ejecutar todos los actos o contratos conducentes al fin social; f) La inversión, reinversión, compra, venta, explotación, administración, representación, adquisición y enajenación a cualquier título de todo tipo de bienes, especialmente bienes incorporales tales como, valores mobiliarios, acciones, derechos e interés en toda clase de sociedades, créditos, bonos, debentures, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; g) La adquisición y enajenación de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, a cualquier título; arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos o rurales; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden, y h) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. La Sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. Domicilio: Antofagasta, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otros lugares del país o del extranjero. Duración: Indefinida. Capital: $2.000.000, dividido en 1.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan como se indica a continuación: a) FRANJA COSTERA SpA, debidamente representada, suscribe 750.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, de las cuales, paga, en acto de constitución y en dinero efectivo, 100.000 acciones por la suma de $200.000, quedando 650.000 acciones pendientes de pago, las que deberán ser pagadas dentro del plazo de 5 años de acuerdo a lo que indican los estatutos sociales; y b) Quedan pendientes de suscripción y pago 250.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que deberán ser suscritas y pagadas en el plazo de 5 años de acuerdo a lo que indican los estatutos sociales. Administración: La administración, representación y el uso del nombre social de la sociedad corresponderá a doña JOSEFA ANDREA ACEVEDO MÁNQUEZ, con amplias facultades de representación y sin limitación alguna. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Antofagasta, 21 de agosto de 2024.