JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCIONES DE EVENTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de julio de 2024
- Repertorio
- 1432
- Notario
- Francisco Nehme Carpanetti
- Domicilio
- O’Higgins 744
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFrancisco Nehme Carpanetti, Notario Público Titular, O’Higgins 744, Copiapó, Certifico: Por escritura de fecha 03 de Julio de 2024, repertorio N° 1432, otorgada ante mí, JORGE HERNAN SEPÚLVEDA NIEVAS, chileno, soltero, productor de eventos, domiciliado en calle Benigno Silva número ochocientos noventa y ocho, Copiapó, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos veintiún mil seiscientos sesenta guión seis, doña MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ DUARTE, chilena, casada con separación total de bienes, cédula nacional de identidad número trece millones doscientos treinta y tres mil ciento veintiocho guión seis, don RODRIGO ROBINSON ALVAREZ MALLA, chileno, casado con separación total de bienes cédula nacional de identidad número doce millones novecientos cuarenta mil setecientos noventa y nueve guión nueve y don MAURICIO ALEXIS GALLEGUILLOS TABILO, chileno, soltero, cédula nacional de identidad número diecisiete millones doscientos setenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y siete guión uno, todos domiciliado en calle Benigno Silva número ochocientos noventa y ocho, Copiapó, vienen en modificar la Sociedad de Responsabilidad Limitada denominada JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCIONES DE EVENTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA” constituida por Escritura Pública de fecha diez de septiembre del año dos mil doce, ante el Notario Público de Copiapó don Eduardo Cabrera Cortés, fue constituida la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada “JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCION DE EVENTOS, E.I.R.L”, o “AZABACHE, PRODUCCIONES INTEGRALES E.I.R.L” , anotada en el Repertorio número tres mil doscientos cincuenta y cinco, cuyo extracto se público en el Diario Oficial número cuarenta mil trescientos setenta y tres, de fecha catorce de septiembre del año dos mil doce, y se inscribió a fojas novecientos vuelta número quinientos uno, en el Registro de Comercio de Copiapó, del año dos mil doce; Que por Escritura Pública de fecha diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete, Ante Notario Público de Copiapó don FRANCISCO NEHME CARPANETTI, se transformó y modificó JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCION DE EVENTOS, E.I.R.L”, o “AZABACHE, PRODUCCIONES INTEGRALES E.I.R.L .- a SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCIONES DE EVENTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, cuyo extracto se público en el Diario Oficial número cuarenta y un mil novecientos cuarenta y dos, de fecha veintisiete de diciembre de dos mil diecisiete , y se inscribió a fojas quinientos veintitrés número doscientos cincuenta y seis, en el Registro de Comercio de Copiapó, del año dos mil diecisiete en el siguiente sentido: don MAURICIO ALEXIS GALLEGUILLOS TABILO, en su calidad de Cedente, ya individualizado en la comparecencia de éste contrato, vende, cede, transfiere, a doña MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ DUARTE, a don RODRIGO ROBINSON ALVAREZ MALLA, y don JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS, previamente individualizados, el cien por ciento de su participación en la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCIONES DE EVENTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA” y que corresponden al veinticinco por ciento de los derechos sociales en la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCIONES DE EVENTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA” , a razón de tres millones pesos que paga don JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS por el quince por ciento de los derechos sociales, un millón doña MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ DUARTE, por el cinco por ciento de los derechos sociales y un millón don RODRIGO ROBINSON ALVAREZ MALLA, por el cinco por ciento de los derechos sociales, al contado y en dinero efectivo. Por su parte, doña MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ DUARTE, don RODRIGO ROBINSON ALVAREZ MALLA y don JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS, en sus calidades de Cesionarios, compran, aceptan y adquieren para sí dicho porcentaje, ascendiente al total de un veinticinco por ciento de los derechos societarios referidos. A su vez don MAURICIO ALEXIS GALLEGUILLOS TABILO, declara haber recibido a su más entera y completa satisfacción la suma de cinco millones de pesos, sin tener reclamos u observaciones que formular a dicho respecto.- Producto de la Cesión de derechos sociales, efectuada en el presente instrumento, don JORGE HERNAN SEPULVEDA NIEVAS, doña MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ DUARTE, y don RODRIGO ROBINSON ALVAREZ MALLA, pasan a ser dueños del total de los derechos sociales de SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCIONES DE EVENTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”., con un cuarenta por ciento de la sociedad don JORGE HERNAN SEPULVEDA NIEVAS, con un treinta por ciento don RODRIGO ROBINSON ALVAREZ MALLA y con un treinta por ciento doña MARÍA MERCEDES FERNÁNDEZ DUARTE.- Con motivo de la cesión de derechos sociales el cedente y los cesionarios se otorgan recíprocamente amplio, completo y total finiquito, declarando que nada se adeudan por ningún concepto, asumiendo los cesionarios la responsabilidad solidaria sobre los impuestos que se adeuden o pudieran adeudar respecto de la Sociedad de Responsabilidad Limitada. Asimismo los socios vienen en modificar la razón social de la SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “JORGE SEPÚLVEDA NIEVAS PRODUCCIONES DE EVENTOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, estableciendo como nombre únicamente SOCIEDAD AZABACHE PRODUCCION ARTE CULTURA LIMITADA. En lo no modificado sigue vigente pacto social primitivo. Demas estipulaciones escritura extractada.- Copiapó 07 de Agosto de 2024.