Instrumento
- Fecha
- 20 de agosto de 2024
- Notario
- Luis Alberto Maldonado Concha
- Oficio
- Segunda Notaría de Vitacura
- Comuna
- Vitacura
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- La ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la Sociedad será efectuar y desarrollar toda clase de inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración y explotación, en todas sus formas, de bienes raíces urbanos y rurales, cualquiera sea su destino; la inversión en valores mobiliarios, así se trate de acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, derechos en sociedades de personas, bonos, cuotas de fondos mutuos y cualesquiera otros valores y bienes en general; y todas las actividades comerciales que los socios acuerden
Administración
Corresponderá a uno o más mandatarios designados por acuerdo de la Junta de Accionistas del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública, o también por escritura pública o instrumento equivalente otorgado en el extranjero, suscrito por la totalidad de los accionistas, en que conste tal designación, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Alberto Maldonado Concha, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Vitacura, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 20 de agosto de 2024, repertorio número 1760, don Camilo Arturo Azcarate y doña Francesca Azcarate constituyeron sociedad por acciones, cuyas principales cláusulas extracto: Razón Social: FASADA SpA. Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos de la República o en el extranjero. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Objeto: El objeto de la Sociedad será efectuar y desarrollar toda clase de inversiones en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales; la compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento, administración y explotación, en todas sus formas, de bienes raíces urbanos y rurales, cualquiera sea su destino; la inversión en valores mobiliarios, así se trate de acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, derechos en sociedades de personas, bonos, cuotas de fondos mutuos y cualesquiera otros valores y bienes en general; y todas las actividades comerciales que los socios acuerden. Capital: El capital es de $1.000.000 dividido en 1.000 acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en el mismo acto. Administración: Corresponderá a uno o más mandatarios designados por acuerdo de la Junta de Accionistas del que se dejará constancia en un acta que deberá ser protocolizada o reducida a escritura pública, o también por escritura pública o instrumento equivalente otorgado en el extranjero, suscrito por la totalidad de los accionistas, en que conste tal designación, de la que se tomará nota al margen de la inscripción social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vitacura, 21 de agosto de 2024.