CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORIAS STRATEGIC FINANCIAL EXPERTS LIMITADA

RUT 7626439-2 CVE 2535877
Capital
$500.000 CLP
Fecha instrumento
9 de agosto de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2024
Notario
PABLO JOSE HALES BESELER
Oficio
13° Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$500.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago
Duración
El plazo de duración de esta sociedad será de cinco años, contados desde esta fecha el que se renovará automáticamente y sucesivamente por períodos de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, la que deberá contenerse y manifestarse por escritura pública por lo menos con seis meses de anticipación a la fecha en que corresponde el vencimiento del plazo de su vigencia o prórroga respectiva, anotándose al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Administración y uso de

Objeto social

La sociedad tiene por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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PABLO JOSE HALES BESELER, Notario Público Titular de la 13° Notaria de Santiago, Avenida Padre Hurtado Sur 875, Local 1.054, Las Condes, Santiago, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 09 de agosto de 2024, ante mí: DAVID ABRAHAM GOLDSTEIN AVDALOFF, cédula de identidad Nº 7.626.439-2, domiciliado en Avenida El Tranque Nº 12.797, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana, y don FRANCISCO JOSÉ ZAMORANO GALLEGUILLOS, cédula de identidad Nº 18.638.624-8 domiciliado en Avenida Las Condes 9.434, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones: Nombre: “ASESORIAS STRATEGIC FINANCIAL EXPERTS LIMITADA”, Sin embargo, podrá funcionar y actuar, incluso ante instituciones bancarias y de cualquier índole, sean nacionales o extranjeras, bajo el nombre de fantasía de “ASFE LIMITADA”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros lugares o ciudades del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tiene por objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La Prestación integral de toda clase de servicios profesionales, de asesorías y consultorías en general, en especial en materias financieras, económicas, administrativas, contables, comerciales, inmobiliarias, de gestión de negocios, promocionales, inversiones, y otras que digan o no relación con las áreas mencionadas; b) Realizar todo tipo de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales; c) La sociedad podrá para la consecución de su fin, realizar todos aquellos actos que sean conducentes a los objetivo sociales. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $500.000, que se forma y paga por los socios de la siguiente forma: a) Don DAVID ABRAHAM GOLDSTEIN AVDALOFF, aporta la suma de $499.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en caja social. Este aporte corresponde a un 99,8% de derechos en el capital social; y b) Don FRANCISCO JOSÉ ZAMORANO GALLEGUILLOS, aporta la suma de $1.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresados en caja social. Este aporte corresponde a un 0,2 % de derechos en el capital social. En consecuencia, el capital accionario de la compañía queda íntegramente suscrito y pagado. Duración: El plazo de duración de esta sociedad será de cinco años, contados desde esta fecha el que se renovará automáticamente y sucesivamente por períodos de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término, la que deberá contenerse y manifestarse por escritura pública por lo menos con seis meses de anticipación a la fecha en que corresponde el vencimiento del plazo de su vigencia o prórroga respectiva, anotándose al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio. Administración y uso de razón social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a DAVID ABRAHAM GOLDSTEIN AVDALOFF, quien anteponiendo a su firma la razón social, representará a la sociedad con todas las facultades indicadas escritura extractada, las que se dan por íntegramente reproducidas para todos los efectos legales. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 20 de agosto de 2024.