Sociedad de Inversiones Callegaro y Compañía Limitada
Instrumento
- Fecha
- 12 de julio de 2024
- Repertorio
- 2522-2024
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNAN FUENTES ACEVEDO, Notario Curicó, Carmen 498, certifica: Que por escritura pública suscrita ante don ROBERTO PRELLER ARAYA, Notario Suplente del titular, de fecha 12 de Julio de 2024 Repertorio N°2522-2024, doña CAROLINA ANDREA MERA CALLEGARO, soltera, empleada, chilena, cédula nacional de identidad Nº 17.795.859-k, domiciliada en Camino a Los Niches, Km. 2 Lote 3, Curicó; don MARCELO EDUARDO MERA SANHUEZA, casado y separado de bienes, chileno, comerciante, Cédula nacional de identidad Nº 7.529.070-5, domiciliado en Camino a Los Niches, Km. 2 Lote 3, Curicó y doña MARISTELA CALLEGARO ROSSATO, profesora; de nacionalidad brasileña, cédula nacional de identidad para extranjeros Nº 14.422.306-3, casada con separación de bienes, domiciliada en Camino a Los Niches Km. 2 Lote 3, Curicó, modificaron “Sociedad de Inversiones Callegaro y Compañía Limitada”, nombre de fantasía "Mais Massas Limitada”, Rut 76.033.363-8 inscrita fojas 635 Nº 485, año 2008 Registro Comercio de Curicó, modificada por inscripción de fojas 209 N° 120, año 2010, a fojas 1109 vta. Nº 726 año 2013, y a fojas 512 vta. Nº 269 año 2021, todas del Registro Comercio de Curicó. Resciliación: dejan sin efecto el aporte de capital del inmueble citado en la constitución de la sociedad y la inscripción conservatoria aludida. De esta manera propiedad vuelve a su inscripción original, de fojas 5.109 vta. N° 3.159, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2005. En base a la resciliación del aporte por don MARCELO EDUARDO MERA SANHUEZA, procede a ingresar al capital social la suma de $3.000.000.- (Tres millones de pesos), el cual se materializa en dinero efectivo y que las representantes de la sociedad declaran recibir a su entera satisfacción. Capital: El capital social se mantiene en conformidad a lo estipulado en la escritura pública de constitución, sin variación. En lo no modificado rige estatuto social original. Curicó, 24 de Agosto de 2024.