MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL PLASENCIA Y BECERRA LIMITADA

RUT 77274966-K CVE 2535450
Fecha instrumento
22 de octubre de 2020
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de octubre de 2020
Notario
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ
Oficio
49º Notaría
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LOPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la 49º Notaría, ubicada en calle Amunategui 73, comuna y ciudad de Santiago, certifico que por escritura pública hoy ante mí comparecen: CESARIO BECERRA LLAMO, chileno, soltero, comerciante, C.I. 22.345.238-8 y MARITZA DANY PLASENCIA RODRIGUEZ, peruana, soltera, comerciante, C.I. 14.743.613-0, ambos domiciliados en calle Moneda 3121, Santiago, Región Metropolitana, modifican SOCIEDAD COMERCIAL PLASENCIA Y BECERRA LIMITADA. PRIMERO: Que CESARIO BECERRA LLAMO y MARITZA DANY PLASENCIA RODRIGUEZ son los actuales y únicos socios de “SOCIEDAD COMERCIAL PLASENCIA Y BECERRA LIMITADA” cuyo nombre de fantasía es COMERCIAL PLASENCIA Y BECERRA LTDA, con 30% y 70% de participación en la sociedad respectivamente, constituida por escritura pública 22 de octubre de 2020 ante Notario público Titular Gabriel Ogalde Rodriguez de la Tercera Notaria de Santiago, cuyo extracto figura inscrito a fojas 74317 número 35674 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del 2020 y publicado en el Diario Oficial 21 de Noviembre de 2020. La sociedad no ha sido modificada posteriormente. SEGUNDO: por el presente acto los actuales socios vienen en modificar el pacto social existente en su cláusula QUINTA en lo relativo a la administración de la sociedad y el uso de la razón social la cual quedará como sigue: QUINTO: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá desde la firma de la presente escritura a don CESARIO BECERRA LLAMO, quien anteponiendo su firma a la razón social de la sociedad la representará con las más amplias facultades indicadas en escritura de modificación. En lo no modificado se entienden vigentes las cláusulas del pacto social constitutivo. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago 14 de agosto de 2024.