MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA CORRETAJES E INMOBILIARIA DON CRISTOBAL LIMITADA

RUT 76078517-2 CVE 2535621
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
12 de noviembre de 2009
Notaría
Valdivia

Instrumento

Fecha
12 de noviembre de 2009
Repertorio
1200-2024
Notario
ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL
Domicilio
Unión
Comuna
Valdivia

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Don MIGUEL ANGEL FERRON LAZO socio 8448346-K

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL, abogado, Notario Público Titular de La Unión, con domicilio Eleuterio Ramírez 631, La Unión, certifica: Por Escritura Pública, Repertorio N° 1200 - 2024 de hoy, ante mí, Don MIGUEL ANGEL FERRON LAZO, chileno, casado, agricultor, C.N.I. N° 8.448.346-K, domiciliado en Sector Centinela km. 3, Comuna de La Unión; y doña DORIS DEL CARMEN SALGADO CADAGAN, chilena, casada, independiente, C.N.I. N° 12.338.969-7, domiciliada en Sector Centinela km. 3, Comuna de La Unión; modificaron la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada denominada “SOCIEDAD AGRICOLA GANADERA CORRETAJES E INMOBILIARIA DON CRISTOBAL LIMITADA”, también “DON CRISTOBAL LTDA”, RUT N° 76.078.517-2, la que fue constituida mediante Escritura Pública de fecha 12 de Noviembre del año 2009, otorgada ante doña María Inés Morales Guarda, Notario Público Titular de la Tercera Notaria de Valdivia, anotada con el Repertorio número tres mil ciento sesenta y ocho. El extracto se encuentra inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Unión, a fojas 78 N° 58 correspondiente al año 2009, se publicó en el Diario Oficial de La República de Chile, en su edición N° 39.517, de fecha 21 de Noviembre del año 2009, página 35. Los socios acordaron modificar la cláusula novena de la escritura antes referida quedando de la siguiente manera: “NOVENO: La sociedad no se disolverá en caso de fallecimiento de alguno de los socios, la cual continuará con el socio sobreviviente y con los herederos del fallecido, quienes deberán designar un mandatario y representante en común para ante la sociedad”.- En lo no modificado, sigue completamente vigente lo estipulado en la escritura extractada. Se deja constancia que el capital social inicial de la sociedad es la suma de $20.000.000.- DOY FE. La Unión 20 de Agosto de 2024.