MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PROMOCIÓN DE EVENTOS LIMITADA

RUT 78233090-K CVE 2535490
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2024
Repertorio
29053-24
Notario
SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Oficio
Undécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público Titular Undécima Notaría de Santiago, oficio Rosario Norte Nro. 555, oficina 201, Las Condes, certifica: Por escritura pública de fecha 08 de agosto de 2024, doña MARÍA BEATRIZ SAN MARTIN LAZO, C.I. N° 5.128.021- 0, doña MARÍA PAULINA VEGA SAN MARTIN, C.I. N° 9.963.933-4, y doña CAROLINA XIMENA VEGA SAN MARTIN, C.I N° 9.963.936-9, por sí y en representación legal de sus hijos menores adultos y en ejercicio de la patria potestad, que detenta, de doña MARÍA ROSARIO ADLER VEGA, C.I. N° 22.589.139-7; de doña MARÍA JESÚS ADLER VEGA, C.I. N° 22.589.090-0, y de don MARTIN ADLER VEGA, C.I. N° 22.589.015-3; todos domiciliados para estos efectos en calle Carmencita N° 130, departamento 131, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, modificaron sociedad “PROMOCIÓN DE EVENTOS LIMITADA.”, cuyo extracto constitutivo se encuentra inscrito a fojas 14.956 N° 7.481 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992, y dieron cuenta de: UNO) PARTICIÓN Y ADJUDICACIÓN DE DERECHOS: A) Por escritura pública de fecha 08 de agosto de 2024, otorgada en la notaría de Santiago de doña Susana Belmonte Aguirre, bajo el repertorio N° 29053-24, se efectuó de común acuerdo entre sus herederos de don Gonzalo Jaime Fernando Vega de Kuyper, la partición y adjudicación de los derechos que era dueño en la sociedad “PROMOCIÓN DE EVENTOS LIMITADA” ascendentes al 40% de la totalidad del haber social. B) La partición y adjudicación de estos derechos sociales, se realizó de la siguiente forma y proporción: i) Doña MARÍA BEATRIZ SAN MARTIN LAZO, se adjudicó un 25% de los derechos de que era dueño el causante en la sociedad “Promoción de Eventos Limitada”, es decir, un 10% de la totalidad del haber social; ii) Doña MARÍA PAULINA VEGA SAN MARTIN, se adjudicó un 25% de los derechos de que era dueño el causante en la sociedad “Promoción de Eventos Limitada”, es decir, un 10% de la totalidad del haber social; iii) Doña CAROLINA XIMENA VEGA SAN MARTIN, se adjudicó un 25% de los derechos de que era dueño el causante en la sociedad “Promoción de Eventos Limitada”, es decir, un 10% de la totalidad del haber social; iv) Doña MARÍA ROSARIO ADLER VEGA, se adjudicó un 8,33% de los derechos de que era dueño el causante en la sociedad “Promoción de Eventos Limitada”, es decir, un 3,33% de la totalidad del haber social; v) Doña MARÍA JESÚS ADLER VEGA, se adjudicó un 8,34% de los derechos de que era dueño el causante en la sociedad “Promoción de Eventos Limitada”, es decir, un 3,34% de la totalidad del haber social; y vi) Don MARTÍN ADLER VEGA, se adjudicó un 8,33% de los derechos de que era dueño el causante en la sociedad “Promoción de Eventos Limitada”, es decir, un 3,33% de la totalidad del haber social. DOS) MODIFICACIÓN ESTATUTOS: Únicos y actuales socios de PROMOCIÓN DE EVENTOS LIMITADA son: I) doña MARÍA BEATRIZ SAN MARTIN LAZO, con un 70% de la totalidad de los derechos sociales; II) Doña MARÍA PAULINA VEGA SAN MARTIN, con un 10% de la totalidad de los derechos sociales; III) Doña CAROLINA XIMENA VEGA SAN MARTIN, con un 10% de la totalidad de los derechos sociales; IV) Doña MARÍA ROSARIO ADLER VEGA, con un 3,33% de la totalidad de los derechos sociales; V) Doña MARÍA JESÚS ADLER VEGA, con un 3,34% de la totalidad de los derechos sociales; y VI) Don MARTÍN ADLER VEGA, con un 3,33% de la totalidad de los derechos sociales, modificaron “PROMOCIÓN DE EVENTOS LIMITADA.”, cuyo extracto constitutivo se encuentra inscrito a fojas 14.956 N° 7.481 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1992, en el siguiente sentido: Uno) Se modifica la Cláusula Tercera del pacto social referida a la administración de la sociedad y al uso de la razón social, reemplazándose por la siguiente: “TERCERO.- “La administración y uso de la razón social corresponderá a la socia doña MARÍA BEATRIZ SAN MARTIN LAZO, actuando en forma individual, y a las socias, doña MARÍA PAULINA VEGA SAN MARTIN, y doña CAROLINA XIMENA VEGA SAN MARTIN, actuando conjuntamente.”; Dos) Se modifica la Cláusula Cuarta del pacto social referida a las facultades de administración, en los términos indicados en escritura extractada; Tres) Se modifica la cláusula Quinta, referida al capital social, reemplazándose por la siguiente: “QUINTO: El capital social es de $1.000.000, enterado y pagado con anterioridad a este acto y que se distribuye entre los socios en la siguiente proporción: a) doña MARÍA BEATRIZ SAN MARTIN LAZO, ha pagado la suma de $700.000, con anterioridad a este acto e ingresado a la caja social, equivalente a un 70% de la totalidad del haber social; b) doña MARÍA PAULINA VEGA SAN MARTIN, ha pagado la suma de $100.000, con anterioridad a este acto e ingresado a la caja social, equivalente a un 10% de la totalidad del haber social; c) doña CAROLINA XIMENA VEGA SAN MARTIN, ha pagado la suma de $100.000, con anterioridad a este acto e ingresado a la caja social, equivalente a un 10% de la totalidad del haber social; d) doña MARÍA ROSARIO ADLER VEGA, ha pagado la suma de $33.333, con anterioridad a este acto e ingresado a la caja social, equivalente a un 3,33% de la totalidad del haber social; e) doña MARÍA JESÚS ADLER VEGA, ha pagado la suma de $33.334, con anterioridad a este acto e ingresado a la caja social, equivalente a un 3,34% de la totalidad del haber social; f) don MARTÍN ADLER VEGA, ha pagado la suma de $33.333, con anterioridad a este acto e ingresado a la caja social, equivalente a un 3,33% de la totalidad del haber social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes”; demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 14 de agosto de 2024.