MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES VENTISQUERO LIMITADA

RUT 77136659-7 CVE 2535645
Capital
$2.297.016.164 CLP
Fecha instrumento
28 de junio de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de junio de 2024
Repertorio
39258-2024
Notario
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
Oficio
2da Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.297.016.164 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de 5 años renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al término del plazo original o de la renovación respectiva

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, la realización de toda clase de actos y contratos de carácter civil por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación y)o

Administración

Duración: La duración de la Sociedad será de 5 años renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al término del plazo original o de la renovación respectiva

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la 2da Notaría de Santiago, con domicilio en calle Alcántara número 107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de junio de 2024, otorgada ante Benjamín Castillo Montalvo, Notario Suplente de esta Notaría, anotada bajo el repertorio N°39.258-2024, comparecieron: i) Orion SpA, rol único tributario N°76.984.496-1 (en adelante, “Orion”), doña María Francisca Morales Matetic, cédula de identidad N°18.395.720-1, don Sebastián Andrés Morales Matetic, cédula de identidad N°19.077.837-1, don José Tomás Morales Matetic, cédula de identidad N°19.077.838-K, y doña Catalina Paz Morales Matetic, cédula de identidad N°19.247.317-9, en sus calidades de actuales, únicos y exclusivos socios de la sociedad de responsabilidad limitada, INVERSIONES VENTISQUERO LIMITADA, rol único tributario N°77.136.659-7 (en adelante, “Inversiones Ventisquero”), inscrita a fojas 8.162, número 4.404 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2020; ii) doña María Carolina Matetic Hartard, cédula de identidad N°8.546.665-8, en su calidad de único y actual accionista de la sociedad por acciones, ORION, ya individualizada, , inscrita a fojas 7.386, número 4.049 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019; y iii) doña María Francisca Morales Matetic, don Sebastián Andrés Morales Matetic, don José Tomás Morales Matetic, doña Catalina Paz Morales Matetic y Orion, ya individualizados, en sus calidades de actuales, únicos y exclusivos socios de la sociedad de responsabilidad limitada, AGRÍCOLA LOS CERROS LIMITADA, rol único tributario N°77.057.306-8 (en adelante, “Agrícola Los Cerros”), inscrita a fojas 49.186, número 24.395 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019; todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, quienes acordaron: /Uno/ La fusión por absorción e incorporación de Orion y de Agrícola Los Cerros (en adelante, las “Sociedades Absorbidas”) en Inversiones Ventisquero (en adelante, la “Sociedad Absorbente”), la que surtió sus efectos a contar de la fecha de la escritura extractada (en adelante, la “Fusión”). De esta forma, producto de la Fusión antes mencionada, las Sociedades Absorbidas se disolvieron de pleno derecho sin necesidad de liquidación alguna y la Sociedad Absorbente sucedió en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas, incorporándose a la Sociedad Absorbente la totalidad de los socios o accionistas, y patrimonio de las Sociedades Absorbidas, de acuerdo a la relación de participación aprobada en la escritura extractada. Como consecuencia de la Fusión, los únicos y actuales y exclusivos socios de Inversiones Ventisquero pasaron a ser doña María Francisca Morales Matetic, don Sebastián Andrés Morales Matetic, don José Tomás Morales Matetic, doña Catalina Paz Morales Matetic y doña María Carolina Matetic Hartard./Dos/ Con el objeto de materializar la Fusión, doña María Francisca Morales Matetic, don Sebastián Andrés Morales Matetic, don José Tomás Morales Matetic, doña Catalina Paz Morales Matetic y doña María Carolina Matetic Hartard, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Andrés Bello 2.777, piso 4, oficina 402, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, y en su calidad de únicos, actuales y exclusivos socios de la Sociedad Absorbente post Fusión, acordaron: i) Aumentar el capital de la Sociedad Absorbente, de la cantidad de $914.321 a la cantidad de $2.297.016.264, esto es, en la cantidad de $2.296.101.943, el cual se dio por pagado mediante el aporte a la Sociedad Absorbente de la totalidad de las acciones o derechos sociales, y de los activos y pasivos de las Sociedades Absorbidas en virtud de la Fusión, y de acuerdo con la relación de participación allí señalada. ii) Modificar los estatutos de la Sociedad Absorbente, mediante el reemplazo de los artículos Quinto, Séptimo y Décimo, y la incorporación de nuevos artículos Décimo Cuarto, Décimo Quinto, Décimo Sexto y Décimo Séptimo. iii) Otorgar un nuevo texto refundido de los estatutos de la Sociedad Absorbente, de los cuales se extracta lo siguiente: Nombre: La razón social de la Sociedad es “INVERSIONES VENTISQUERO LIMITADA”, en adelante, la “Sociedad”. Objeto: La Sociedad tiene por objeto directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, la realización de toda clase de actos y contratos de carácter civil por cuenta propia o de terceros, relativos a todo tipo de bienes o derechos, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación y/o administración. Duración: La duración de la Sociedad será de 5 años renovables automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con al menos 6 meses de anticipación al término del plazo original o de la renovación respectiva. Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $2.297.016.164, que se ha pagado y enterado íntegramente en arcas sociales por los socios de la siguiente manera: a) doña María Francisca Morales Matetic, la cantidad de $168.900.197, equivalente aproximadamente al 7,353026% del capital social; b) don Sebastián Andrés Morales Matetic, la cantidad de $168.900.197, equivalente aproximadamente al 7,353026% del capital social; c) don José Tomás Morales Matetic, la cantidad de $168.900.197, equivalente aproximadamente al 7,353026% del capital social; d) doña Catalina Paz Morales Matetic, la cantidad de $168.900.197, equivalente aproximadamente al 7,353026% del capital social; y e) doña María Carolina Matetic Hartard, la cantidad de $1.621.415.475, equivalente aproximadamente al 70,587897% del capital social. Administración: La Sociedad será administrada por doña María Carolina Matetic Hartard, en adelante, el “Administrador”, a quien, actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, le corresponderá representar judicial y extrajudicialmente a la Sociedad, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, y quien podrá actuar directamente o bien por medio de sus mandatarios ordinarios y, en general, por medio de uno o más mandatarios que designe especialmente para este efecto mediante escritura pública, sin perjuicio del otorgamiento de poderes especiales por instrumento privado para representar a la Sociedad, para los fines que el Administrador, o sus mandatarios, estimen suficientes o necesarios o conforme en derecho se requiera. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular, 2da Notaría de Santiago. Santiago, 13 de agosto de 2024.