CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ASESORÍAS CRUZ JARA LIMITADA

CVE 2535475
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
1 de agosto de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de agosto de 2024
Repertorio
23497
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Domicilio
Santiago. 3)
Duración
La sociedad tendrá una duración de de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. 5)

Objeto social

a) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios de carácter profesional y)o técnico, dentro o fuera del país, por cuenta propia o a través de terceros, en materias relacionadas a la prevención de delitos corporativos y de prevención de infracciones a la normativa vigente, tales como lavado de activos, financiamiento del terrorismo, entre otros, mediante la emisión de informes y)u otros entregables; b) La prestación de servicios profesional y)o técnico, dentro o fuera del país, por cuenta propia o a través de terceros, de recopilación, análisis y estadísticas de información relacionada con la prevención de delitos corporativos y la prevención de infracciones a la normativa vigente; la gestión de proyectos mediáticos, ya sea en la creación, diseño e implementación de estrategias comunicacionales y otras complementarias; y en materias de consultoría especializada, ya sea por medio de análisis de audiencias y comunicación pública, asesoría comunicacional para instituciones públicas y)o privadas, entre otras, siempre en relación con las materias señaladas previamente; c) Actividades de capacitación e instrucción técnica y profesional en materia de prevención de delitos corporativos y gestión mediática de proyectos, así como toda materia afín; y d) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. 4)

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Javier Andrés Cruz Tamburrino, quien anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 01 de agosto de 2024, otorgada ante mí, Repertorio Nº23.497, ante mí, don Javier Andrés Cruz Tamburrino y doña Silvana Stephanie Jara López, ambos domiciliados en calle Celestina 10.446, comuna de Colina, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: 1) Razón Social: “ASESORÍAS CRUZ JARA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los fines, incluso bancarios y de publicidad el nombre de fantasía “CJ ASESORÍAS LTDA.” .2) Domicilio: Santiago. 3) Objeto: a) La prestación de todo tipo de asesorías, consultorías y servicios de carácter profesional y/o técnico, dentro o fuera del país, por cuenta propia o a través de terceros, en materias relacionadas a la prevención de delitos corporativos y de prevención de infracciones a la normativa vigente, tales como lavado de activos, financiamiento del terrorismo, entre otros, mediante la emisión de informes y/u otros entregables; b) La prestación de servicios profesional y/o técnico, dentro o fuera del país, por cuenta propia o a través de terceros, de recopilación, análisis y estadísticas de información relacionada con la prevención de delitos corporativos y la prevención de infracciones a la normativa vigente; la gestión de proyectos mediáticos, ya sea en la creación, diseño e implementación de estrategias comunicacionales y otras complementarias; y en materias de consultoría especializada, ya sea por medio de análisis de audiencias y comunicación pública, asesoría comunicacional para instituciones públicas y/o privadas, entre otras, siempre en relación con las materias señaladas previamente; c) Actividades de capacitación e instrucción técnica y profesional en materia de prevención de delitos corporativos y gestión mediática de proyectos, así como toda materia afín; y d) En general, celebrar toda clase de contratos y realizar todos los actos necesarios o convenientes para desarrollar el giro social. 4) Duración: La sociedad tendrá una duración de de 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se renovará tácita y sucesivamente por periodos iguales y sucesivos, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario, por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. 5) Capital: $1.000.000 que los socios aportan y enteran en el acto, de la siguiente forma: a) don Javier Andrés Cruz Tamburrino aporta el 95% del capital social, esto es, la suma de $950.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en arcas sociales; y b) doña Silvana Stephanie Jara López aporta el 5% del capital social, esto es, la suma de $50.000, que entera y paga en el acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando en arcas sociales. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente pagado y enterado. 6) Administración y Uso de la Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Javier Andrés Cruz Tamburrino, quien anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Se facultó al portador de copia autorizada para legalización.- Santiago, 06 de agosto de 2024.