SOCIEDAD COMERCIAL PERRIER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de agosto de 2024
- Repertorio
- 7196-2024
- Notario
- MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
- Oficio
- Vigésima Séptima Notaría de Santiago de doña
- Comuna
- Santiago de doña
Sociedad
- Capital
- $263.000 CLP
- Domicilio
- Su domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tiene por objeto inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
La administración, representación y uso razón social corresponderá a don PEDRO IGNACIO PERRIER RIVAS, quien la podrá ejercer con las facultades que se indican en escritura. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PEDRO JOAQUIN PERRIER CELAYA | socio | 6857368-8 | — | — | |
| PEDRO IGNACIO PERRIER RIVAS | socio | 14045252-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de doña, con oficio en calle Orrego Luco número 0153, comuna de Providencia, certifica que: por escritura pública de fecha 01 de agosto de 2024, repertorio n°7196-2024, otorgada ante mí, comparecen don PEDRO JOAQUIN PERRIER CELAYA, RUT 6.857.368-8; y don PEDRO IGNACIO PERRIER RIVAS, RUT 14.045.252-1, ambos domiciliados en Los Castaños n°7102, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; modificaron estatutos de SOCIEDAD COMERCIAL PERRIER LIMITADA, ("la Sociedad") en lo siguiente: UNO. Dividir la Sociedad, subsistiendo la Sociedad como continuadora legal, la que continuará operando bajo el mismo nombre y rigiéndose por los mismos estatutos, y constituyéndose una nueva sociedad de responsabilidad limitada que se denominará "MALUJO INVERSIONES LIMITADA". DOS. Se disminuye el capital social de la Sociedad en $263.000.-, modificándose el Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de un millón setecientos treinta y siete mil pesos, el que ha sido aportado de la siguiente manera: a) don PEDRO IGNACIO PERRIER RIVAS aportó un millón seiscientos cincuenta mil ciento cincuenta pesos, equivalentes al noventa y cinco por ciento de los derechos sociales; y b) don PEDRO JOAQUIN PERRIER CELAYA aportó ochenta y seis mil ochocientos cincuenta pesos, equivalentes al cinco por ciento de los derechos sociales. Quedando así totalmente pagado y enterado el capital social". TRES. Estatutos de MALUJO INVERSIONES LIMITADA. Se constituye una sociedad comercial de responsabilidad limitada en conformidad a las normas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores y teniendo presente las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio que versan sobre la materia. NOMBRE. “MALUJO INVERSIONES LIMITADA”, pudiendo para fines publicitarios y de propaganda el nombre de fantasía MALUJO. DOMICILIO. Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones y sucursales que se acuerde establecer en otras ciudades del país y/o en el extranjero. Duración. Indefinida. OBJETO. La sociedad tiene por objeto inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. CAPITAL. El capital social es la cantidad de $263.000.- pesos, que los socios aportan y pagan en las siguientes proporciones: a) Don PEDRO JOAQUIN PERRIER CELAYA, la cantidad de $13.150.- que corresponde al 5% del capital social, que fue pagado con la parte del capital social de SOCIEDAD COMERCIAL PERRIER LIMITADA que se le asignó a esta Sociedad en la división de aquélla; y don PEDRO IGNACIO PERRIER RIVAS, la cantidad de $249.850.- que corresponde al 95% del capital social, que fue pagado con la parte del capital social de SOCIEDAD COMERCIAL PERRIER LIMITADA que se le asignó a esta Sociedad en la división de aquélla, en conformidad con lo acordado por sus socios. De esta forma, el capital social ha quedado íntegramente aportado y pagado por los comparecientes e ingresado a caja social. DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, y se entenderá prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término con, a lo menos, un año de anticipación al vencimiento respectivo, mediante escritura pública que se subinscribirá al margen de la inscripción social. ADMINISTRACIÓN. La administración, representación y uso razón social corresponderá a don PEDRO IGNACIO PERRIER RIVAS, quien la podrá ejercer con las facultades que se indican en escritura. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En Santiago, a 13 de agosto de 2024.