MORE LEGAL ASESORÍAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de junio de 2024
- Notario
- GLORIA ORTIZ CARMONA
- Oficio
- Tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Administración
se modifica el artículo SÉPTIMO de los estatutos de la Sociedad, en el sentido que el uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad, corresponderá a doña Javiera Francisca Moreno Andrade y don Jaime Andrés Rodríguez de la Peña, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo el nombre de la compañía o razón social a su firma, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración, estando premunidos de todas las facultades enumeradas en el artículo SÉPTIMO de los Estatutos sociales, facultades que se mantienen vigentes, sin modificación. En todo lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos de la Sociedad
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| JAVIERA FRANCISCA MORENO ANDRADE | socio | 15361609-4 | — | — | |
| EUGENIO ALONSO REBOLLEDO SUAZO | socio | 17041232-K | — | — | |
| JAIME ANDRÉS RODRIGUEZ DE LA PEÑA | socio | 17983107-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGLORIA ORTIZ CARMONA, abogada, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Vitacura, con domicilio en Avenida Vitacura N°6471, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 28 de junio de 2024, repertorio número 827-24, otorgada ante mí, comparecieron: doña JAVIERA FRANCISCA MORENO ANDRADE, RUT 15.361.609-4; don EUGENIO ALONSO REBOLLEDO SUAZO, RUT 17.041.232-K; y don JAIME ANDRÉS RODRIGUEZ DE LA PEÑA, RUT 17.983.107-4; todos domiciliados para estos efectos en Av. La Dehesa 1500, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; quienes, en su calidad de únicos y actuales socios, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “MORE LEGAL ASESORÍAS LIMITADA”, inscrita a fojas 93.719, número 41.049, del Registro de Comercio de Santiago del año 2022. 1) Cesión de derechos sociales y retiro de socio: don Eugenio Alonso Rebolledo Suazo, vende, cede y transfiere, el 10% de los derechos sociales y participación en el capital de la Sociedad, a doña Javiera Francisca Moreno Andrade, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de $100.000; don Eugenio Alonso Rebolledo Suazo, vende, cede y transfiere, el 30% de los derechos sociales y participación en el capital de la Sociedad, a don Jaime Andrés Rodriguez De La Peña, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en el precio de $300.000. De esta forma, don Eugenio Alonso Rebolledo Suazo se retira de la Sociedad. 2) Modificación cláusula de capital: se modifica el artículo CUARTO de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “CUARTO: El capital de la sociedad asciende a un millón de pesos que los socios aportan, en la siguiente forma y proporción: Uno) Doña Javiera Francisca Moreno Andrade, la suma de quinientos mil pesos, pagados en dinero en efectivo, en este acto, ingresado a la caja social, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales; y dos) don Jaime Andrés Rodríguez de la Peña, la suma de quinientos mil pesos, pagados en dinero en efectivo, en este acto, ingresado a la caja social, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales”. 3) Modificación de la administración: se modifica el artículo SÉPTIMO de los estatutos de la Sociedad, en el sentido que el uso de la razón social, la administración y la representación de la sociedad, corresponderá a doña Javiera Francisca Moreno Andrade y don Jaime Andrés Rodríguez de la Peña, quienes actuando conjuntamente y anteponiendo el nombre de la compañía o razón social a su firma, podrá representar a la sociedad con las más amplias facultades de administración, estando premunidos de todas las facultades enumeradas en el artículo SÉPTIMO de los Estatutos sociales, facultades que se mantienen vigentes, sin modificación. En todo lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de agosto de 2024.