Instrumento
- Fecha
- 9 de agosto de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Objeto social
será la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otra sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Interino 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, entrepiso, certifico: por escritura pública, ante mí, fecha 09 agosto 2024, la sociedad RENTAS E INVERSIONES ELA SpA, giro de su denominación, representada por Eduardo Roberto Albino Lagos Aichele, domiciliada calle Botrolhue N°03100, comuna y ciudad de Temuco y la sociedad RENTAS E INVERSIONES GEMA SpA, representada por Gabriel Eduardo Moraga Almuna, ambos domiciliados calle Lynch N°755, depto. 803, comuna y ciudad de Temuco, constituyen sociedad por acciones, cuyo nombre es "INVERSIONES Y RENTAS GEMELA SpA", nombre de fantasía “GEMELA SpA”. OBJETO: será la inversión, para la obtención de rentas civiles, en toda clase de bienes, corporales e incorporales, muebles e inmuebles, sin limitación alguna, tales como bienes raíces, urbanos y agrícolas, depósitos a plazo, cuotas de fondos mutuos y de inversión, acciones, bonos, letras y mutuos hipotecarios, incluso formar parte o tomar participación en otra sociedades, de cualquier naturaleza, existentes o que se constituyan en el futuro. CAPITAL: $10.000.000 dividido 100 acciones nominativas, sin valor nominal, íntegramente pagado y suscrito forma indicada pacto social. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio agencias y sucursales. ADMINISTRACIÓN Y USO DE NOMBRE: Corresponderá a uno o más administradores, designados por la junta de accionistas o escritura suscrita por el o los accionistas, ello sin perjuicio de lo que se establece en las cláusulas transitorias. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 14 agosto 2024.