ENERGÍA EÓLICA MESAMÁVIDA SpA
Instrumento
- Fecha
- 25 de junio de 2024
- Repertorio
- 9484-2024
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- 8° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $107.437.185 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la 8° Notaria de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago certifico: Por escritura pública de fecha 25 de junio de 2024, otorgada ante mí, bajo el Repertorio N° 9.484-2024, comparece CHILE RENOVABLES SpA (RUT N° 77.371.671-4), en su calidad de único y actual accionista de la sociedad ENERGÍA EÓLICA MESAMÁVIDA SpA (RUT N° 76.868.991-1), inscrita a FS. 28.245 N°15.013 del Registro de Comercio de Santiago del año 2018, en adelante, la “Sociedad”, disminuyeron el capital de la sociedad de la suma de 107.437.185,58 dólares de los Estados Unidos de América /en adelante, “Dólares”/, dividido en 107.437.185 acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas, a la nueva suma de 106.937.185,58 Dólares, sin alterar el número de acciones en que se divide el capital de la Sociedad. La disminución de capital por 500.000 Dólares se efectuó mediante una transferencia de fondos al único accionista dentro del tercer día contado desde la fecha de la escritura pública. Como consecuencia de lo anterior, se modificaron los artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad los cuales quedarán como sigue: “Artículo Quinto: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento seis millones novecientos treinta y siete mil ciento ochenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América /en adelante, “Dólares”/ con cincuenta y ocho centavos de Dólar, dividido en ciento siete millones cuatrocientos treinta y siete mil ciento ochenta y cinco acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio.”; y “Artículo Primero Transitorio: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento seis millones novecientos treinta y siete mil ciento ochenta y cinco Dólares con cincuenta y ocho centavos de Dólar, dividido en ciento siete millones cuatrocientos treinta y siete mil ciento ochenta y cinco acciones nominativas, ordinarias, de una misma serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, las que se han suscrito y pagado de la siguiente forma: /a/ sesenta y un millones ochocientos noventa y nueve mil trescientas cuarenta y un acciones, equivalentes a la suma de sesenta y un millones trescientos noventa y nueve mil trescientos cuarenta y un Dólares con quince centavos de Dólar, íntegramente suscritas y pagadas al veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro; /b/ cuarenta millones ochenta y cuatro mil seiscientas once acciones, equivalentes a la suma de cuarenta millones ochenta y cuatro mil seiscientos once Dólares con ochenta y siete centavos de Dólar, suscritas y pagadas el veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro y c) cinco millones cuatrocientas cincuenta y tres mil doscientas treinta y tres acciones, equivalentes a la suma de cinco millones cuatrocientas cincuenta y tres mil doscientos treinta y dos Dólares con cincuenta y seis centavos de Dólar, suscritas y pagaderas dentro de lo primero que ocurra entre i) el plazo de un año a contar del veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro, o ii) en la fecha en que los montos adeudados por la Sociedad bajo el Contrato de Construcción /Construction Agreement/, según dicho término se define en el Contrato de Suscripción de Acciones de Chile Renovables SpA /Equity Subscription Agreement/ de fecha veintiocho de febrero de dos mil veinticuatro, sean exigibles y pagaderos.”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 8 de agosto de 2024. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público.