MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y SERVICIOS MOMAK LIMITADA

RUT 77639530-7 CVE 2533615
Fecha instrumento
15 de julio de 2024

Instrumento

Fecha
15 de julio de 2024
Repertorio
7896-24
Notario
ESMIRNA VIDAL MORAGA
Domicilio
agrupación de las comunas de Temuco

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, piso 1, comuna y ciudad de Temuco, certifica que: Por escritura pública otorgada ante doña Eliana Martínez Cárdenas, Notario suplente de la titular doña Esmirna Vidal Moraga, de fecha 15 de julio de 2024, repertorio 7896-24, doña MÓNICA BEATRIZ BARRIGA CORTÉS, chilena, estado civil casada con separación de bienes, ingeniero civil informático, cédula nacional de identidad número trece millones quinientos quince mil seiscientos diecinueve guion uno; doña LUCY MARCELA BARRIGA CORTÉS, chilena, soltera, periodista, cédula de identidad número trece millones novecientos sesenta y dos mil doscientos sesenta y cinco guion cero; y doña LUCY IRENE CORTÉS FUENTES, chilena, viuda, Jubilada, cédula de identidad número seis millones quinientos diecinueve mil ciento setenta guion nueve.; don DIEGO ALONSO BARRIGA FIGUEROA, chileno, empresario, soltero, , con cédula nacional de identidad número dieciocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil seiscientos setenta y siete guion ocho. en representación de "INVERSIONES Y SERVICIOS MOMAK LIMITADA", sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número setenta y siete seiscientos treinta y nueve quinientos treinta guión siete, todos domiciliados para estos únicos efectos en calle Rudecindo Ortega número mil ciento dieciocho, de la comuna de Temuco, Región de La Araucanía, en adelante indistintamente la “Sociedad”, celebró un acuerdo de accionistas, respecto de la sociedad INVERSIONES Y SERVICIOS MOMAK LIMITADA, la cual se constituyó por escritura pública de fecha el veintiséis de Junio del año dos mil uno, ante el Notario de Temuco, don René Ramírez Molina; rectificada, aclarada, complementada o modificada por la otorgada el primero de diciembre de mil novecientos noventa y ocho, ante el Notario de Temuco, don MARCELO EMILIO GAY PASCHE; y, rectificada, aclarada, complementada o modificada por la otorgada el dieciséis de noviembre del dos mil doce, ante el Notario de Temuco, doña MARIA ISABEL ZAGAL CISTERNA, cuyos extractos se inscribieron oportunamente a fojas dos mil trescientos veinte vuelta número mil ochocientos año dos mil doce, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Temuco y se publicaron en el Diario Oficial de la Republica el cinco de octubre del año dos mil doce; Y rectificada, aclarada, complementada o modificada por la otorgada el dieciséis de noviembre del dos mil doce, ante el Notario de Temuco, doña HUMBERTO QUEZADA MORENO, cuyos extractos se inscribieron oportunamente a fojas ciento noventa y cuatro número ciento veintiséis año dos mil quince, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces de Temuco y se publicaron en el Diario Oficial de la Republica el veintinueve de enero del año dos mil quince; y además la última modificación y anotación al margen de la escritura precedente inscripción con el número setenta y siete mil ochocientos cuarenta y ocho del año dos mil veintidós se concedió la posesión efectiva quedada al fallecimiento de don RAUL EDUARDO BARRIGA en donde se acordó modificar En este acto se rectifica la administración y representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a DIEGO ALONSO BARRIGA FIGUEROA Y MONICA BEATRIZ BARRIGA CORTÉS C) y en cuanto a las utilidades y perdidas se distribuirán en partes iguales del veinticinco por ciento del total a cada socio: Mónica Beatriz Barriga Cortes, Lucy Marcela Barriga Cortes, Lucy Irene Cortés Fuentes y DIEGO ALONSO BARRIGA FIGUEROA.- DEL CAPITAL DE LA SOCIEDAD. El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos., En todo lo no modificado, queda plenamente vigente el pacto social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Temuco, 09 de agosto de 2024.