MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES HERKULES SpA

RUT 77054167-0 CVE 2533968
Capital
$34.026 CLP
Fecha instrumento
12 de agosto de 2024

Instrumento

Fecha
12 de agosto de 2024
Repertorio
62108-2024
Notario
INVERSIONES HERKULES SpA Wladimir Schramm López
Oficio
49 Notaría

Sociedad

Capital
$34.026 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

INVERSIONES HERKULES SpA Wladimir Schramm López, Notario Público Titular de la 49 Notaría, ubicada en Amunategui 73, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: con fecha 01 de julio de 2024, Repertorio 62.108-2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de “INVERSIONES HERKULES SpA”, inscrita a fojas 58.534 número 28.774 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, celebrada con igual fecha, en la que se acordó: A) Dividir la Compañía, en dos Sociedades por Acciones, siendo la continuadora legal INVERSIONES HERKULES SpA, que conserva su personalidad jurídica y nombre; y una nueva sociedad resultante de la división, que se denomina Inmobiliaria Doce G SpA ; B) Disminuir el capital social de INVERSIONES HERKULES SpA, a la cantidad de $34.026 pesos, dividido en 34.026 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. La disminución propuesta tiene por objeto enterar el capital de Inmobiliaria Doce G SpA, que se constituye producto de la división; C) Se acuerda sustituir la cláusula Quinta de los Estatutos Sociales de INVERSIONES HERKULES SpA por el siguiente “Quinto: El capital de la sociedad es la suma de 34.026 pesos, dividido en 34.026 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal que se entera y paga de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo o con otros bienes. La valorización de estos bienes se acordará en forma unánime por los socios constituyentes y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los socios y estos tendrán derecho de opción preferente.”, y reemplazar Artículo Primero Transitorio por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad, ascendiente a la suma de 34.026 pesos dividido en 34.026 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, se encuentra totalmente suscrito y pagado por don Rene Guttmann Grunberg y doña Rosester Lagos Rodriguez, en un cincuenta por ciento cada uno, esto es, la suma de 17.013 acciones nominativas de una misma serie y sin valor nominal, cada uno. En todo lo no modificado rigen plenamente los estatutos de la sociedad INVERSIONES HERKULES SpA, y sus respectivas modificaciones.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 12 de agosto de 2024.