IMPORTADORA Y EXPORTADORA PREMIER CHILE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de abril de 1996
- Notario
- EDWIN RIFFO GONZALEZ
- Domicilio
- Iquique
- Comuna
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDWIN RIFFO GONZALEZ, abogado, Notario Público de Iquique, suplente del titular don NESTOR ARAYA BLAZINA, con oficio en Serrano N.386, Certifico: Por escritura pública otorgada ante mí: don RAMESH UDHARAM MIRPURI MIRPURI, panameño, casado, factor de comercio, pasaporte de la República de Panamá número PA1141919, RUT 48.052.198-6, con domicilio en Pacific Hill, torre trescientos, departamento N°28, El Dorado, República de Panamá, de paso en esta ciudad; don ROSHAN RAMESH MIRPURI, panameño, casado, factor de comercio, pasaporte de la República de Panamá N° PA 0720557, RUT 48.220.840-1; y don RATTAN MIRPURI, chileno, casado, cédula nacional de identidad N° 21.285.451-4, con domicilio en avenida Arturo Prat N° 1670, edificio mykono, departamento N° 224, de la comuna de Iquique, Región de Tarapacá, y, modifican y sanean sociedad “IMPORTADORA Y EXPORTADORA PREMIER CHILE LIMITADA”, RUT Nº 78.841.900-7, constituida por escritura pública de fecha 17 de abril del año 1996, ante Notario Público titular de la cuadragésima segunda notaria de la ciudad de Santiago de Chile, María Gloria Acharán Toledo, cuyo extracto fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la Comuna de Iquique, a fojas 309 vuelta, Nº 283, del año 1996, en el siguiente sentido las modificaciones consisten en: Que, los comparecientes vienen en corregir y sanear el vicio indicado, de conformidad lo dispone el primero y siguientes de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades, ratificando en este acto sus voluntades contenidas en la escritura pública de fecha dieciséis de agosto del año dos mil veintidós, otorgada ante el Notario Público de Iquique, don NESTOR ARAYA BLAZINA, suscrita por el Notario Público Suplente don EDWIN RIFFO GONZALEZ, y obligándose además a inscribir y publicar el extracto de la escritura que se otorga en este acto, saneándose de esa forma el vicio en el cual se incurrió. El socio don RAMESH UDHARAM MIRPURI MIRPURI, consciente y ratifica de forma expresa los actos realizados en la escritura anteriormente referida en cuanto a la cesión de derechos sociales realizada por don RATTAN MIRPURI, con expresa ratificación de las cláusulas tercera, cuarta, quinta, octava y novena de la escritura de fecha dieciséis de agosto del año dos mil veintidós, otorgada en la Notaría de Iquique de don NESTOR ARAYA BLAZINA, suscrita por el Notario Público suplente don EDWIN RIFFO GONZALEZ, bajo el Repertorio número dos mil cuatrocientos doce. Los comparecientes vienen en sanear el vicio de nulidad incurrido en la inscripción de la modificación social de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA PREMIER CHILE LIMITADA”, que consta de la escritura pública de fecha dieciséis de agosto del año dos mil veintidós, antes mencionada, conforme con lo dispuesto en la ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, en la forma que se estipula en las cláusulas siguientes. Las modificaciones ratificadas por el socio y reiteradas en la presente escritura son: RATTAN MIRPURI, vende, cede y transfiere, el 5% de sus derechos sociales a ROSHAN RAMESH MIRPURI, por el monto de USD 20.000.-, pagado en este acto al cedente. Quedando como únicos socios de “IMPORTADORA Y EXPORTADORA PREMIER CHILE LIMITADA”, don RAMESH UDHARAM MIRPURI MIRPURI, con el 95% del capital social, y don ROSHAN RAMESH MIRPURI, con el 5% del capital social. Se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos sociales: “ QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de cuatrocientos mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica en su equivalente en moneda nacional, que los socios o sus antecesores aportaron de la siguiente forma: a) don RAMESH UDHARAM MIRPURI MIRPURI con la suma de trescientos ochenta mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, igual al noventa y cinco por ciento del interés social, pagado con anterioridad a este acto: y b) don ROSHAN RAMESH MIRPURI con la suma de veinte mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, equivalente al 95% del interés, derechos y participación social, pagando con anterioridad a este acto, en su equivalente en moneda nacional. Las utilidades líquidas obtenidas, una vez que se realice previamente la provisión para el pago de los tributos que la afecten, se distribuirán, entre los socios, a prorrata de sus respectivos aportes de capital, reservas de capital y sus revalorizaciones, y préstamos que hubieran efectuado a la sociedad, pagados, teniendo en cuenta la permanencia de todos éstos en la caja social. Las pérdidas se distribuirán a prorrata de los respectivos aportes de capital comprometidos y pagados por cada socio.- Los comparecientes, en virtud de lo dispuesto por los artículos primero y tercero de la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve otorgan la presente escritura con el objeto de sanear el vicio de nulidad que afecta a la sociedad de responsabilidad limitada “IMPORTADORA Y EXPORTADORA PREMIER CHILE LIMITADA”, ya individualizada, consistente en la inscripción extemporánea del extracto en el Registro de Comercio respectivo. Demás estipulaciones escritura extractada.- Iquique 3 de Julio de 2024.