MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesorías e Inversiones La Quinta Limitada

RUT 76181688-8 CVE 2533834
Fecha instrumento
8 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de agosto de 2024
Repertorio
6283/2024
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
Vigésimo Primera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°578, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que por escritura pública de fecha 8 de agosto de 2024, Repertorio N° 6.283 /2024, comparecieron ante mí: MARÍA MACARENA NEIRA SALAS, cédula de identidad número 12.721.390-9, JUAN GABRIEL PÉREZ FERNÁNDEZ, cédula de identidad número 7.748.409-4, ISIDORA PÉREZ NEIRA, cédula de identidad número 21.527.561-2, MATILDE PÉREZ NEIRA, cédula de identidad número 22.210.108-5, LEÓN PÉREZ NEIRA, cédula de identidad número 22.662.164-4, ELISA PÉREZ NEIRA, cédula de identidad número 23.595.599-7, GRACIA PÉREZ NEIRA, cédula de identidad número 23.595.607-1, todos domiciliados en San Carlos de Apoquindo Nº 450, casa 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad “Asesorías e Inversiones La Quinta Limitada” (en adelante también denominada como la “Sociedad”), Rol Único Tributario número 76.181.688-8, cuya inscripción social consta a fojas 72550, número 53053 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, acordaron modificarla en los siguientes términos: Los únicos y actuales socios de la Sociedad, personalmente o debidamente representados, acordaron modificar el artículo sexto de los estatutos sociales, en el sentido de establecer que la administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a Juan Gabriel Pérez Fernández y a María Macarena Neira Salas, para que actuando indistintamente uno cualquiera de ellos represente a la Sociedad, pudiendo actuar con las facultades que se indican en los numerales que constan en escritura extractada. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en lo que respecta a la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 12 de agosto de 2024.