MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ZEHAI INTERNACIONAL LIMITADA

RUT 76077500-2 CVE 2533211
Fecha instrumento
9 de agosto de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de agosto de 2024
Repertorio
18985-2024
Notario
HERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG
Oficio
Duodécima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

Corresponderá conjunta, separada e indistintamente, a don OSCAR WEICHENG ZHAO KUANG, don WENYAN KUANG y a doña WENQING KUANG éstos en calidad de socios, sin embargo, los socios vienen en agregar la siguiente limitación: “Deberán comparecer los socios en la celebración de compraventa de bienes inmuebles de la Sociedad, por lo tanto, la facultad de compraventa de bienes inmuebles por el representante legal de la Sociedad quedará limitada por esta mención expresa”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

HERNÁN JOSÉ RETAMAL GRIMBERG, abogado, Notario Público Titular de la Duodécima Notaría de Santiago, con domicilio en calle Teatinos número 331, comuna de Santiago, certifica: Que, por escritura pública de fecha 05 de agosto del 2024, bajo el repertorio n° 18985-2024, ante mí, Certifico: Por escritura pública de hoy, ante mí, Don OSCAR WEICHENG ZHAO KUANG, cédula de Identidad de extranjeros número 28.331.708-0, por sí y en representación de doña MEILING JANETH CABALLERO LUI, cédula de Identidad de Extranjeros número 27.978.620-3; doña WENYAN KUANG, Rol Único Tributario número 48.225.275-3; y doña WENQING KUANG, Rol Único Tributario número 48.225.274-5, domiciliados para estos efectos en Avenida Arturo Prat 2272 Condominio Las Antillas Departamento 1902 Edificio Trinidad Iquique, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “ZEHAI INTERNACIONAL LIMITADA”, Rut: 76.077.500-2, en los siguientes términos: Uno. Doña MEILING JANETH CABALLERO LUI dueña del 1% del capital social vende, cede y transfiere a doña WENYAN KUANG, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1% de sus derechos y obligaciones por la suma de 830 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica pagados al contado y en dinero en efectivo. Dos. Don OSCAR WEICHENG ZHAO KUANG dueño del 99% del capital social vende, cede y transfiere a doña WENQING KUANG, quien compra, acepta y adquiere para sí, el 1 % de sus derechos y obligaciones que le corresponden en la sociedad, por la suma de 830 de los Estados Unidos de Norteamérica, pagados al contado y en dinero en efectivo. Don OSCAR WEICHENG ZHAO KUANG, ha pasado a ser el dueño del 98% de los derechos totales de la sociedad “ZEHAI INTERNACIONAL LIMITADA”, esto es la suma de 81.340 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, porcentaje representativo del capital social correspondiente a 83.000 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica como también de su participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad. Por su parte la socia doña WENYAN KUANG, ha pasado a ser la dueña del 1% de los derechos totales en la sociedad mencionada, esto es la suma de 830 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, porcentaje representativo del capital social correspondiente a 83.000 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, como también de su participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad. Por su parte la socia doña WENQING KUANG, ha pasado a ser la dueña del 1% de los derechos totales en la sociedad mencionada, esto es la suma de 830 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, porcentaje representativo del capital social correspondiente a 83.000 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, como también de su participación en las utilidades y pérdidas de la sociedad. Cuatro. Administración, representación y uso de la razón social: Corresponderá conjunta, separada e indistintamente, a don OSCAR WEICHENG ZHAO KUANG, don WENYAN KUANG y a doña WENQING KUANG éstos en calidad de socios, sin embargo, los socios vienen en agregar la siguiente limitación: “Deberán comparecer los socios en la celebración de compraventa de bienes inmuebles de la Sociedad, por lo tanto, la facultad de compraventa de bienes inmuebles por el representante legal de la Sociedad quedará limitada por esta mención expresa”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 09 de agosto de 2024.