COMERCIALIZADORA DE MAQUINARIA CORTEZ Y FAMILIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2024
- Notario
- FRANCISCO VARAS FERNANDEZ
- Oficio
- Trigésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO VARAS FERNANDEZ, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en Pasaje Phillips cuatrocientos sesenta y cinco, comuna de Santiago, certifico: Escritura pública de fecha 31 de julio del 2024, ante mí, JAIME ANTONIO CORTEZ TORREALBA, chileno, divorciado, empresario, cédula nacional de identidad número catorce millones cuatrocientos ochenta y nueve mil cuatrocientos noventa y dos guion ocho y doña JENNIFER DE LAS MERCEDES CORTES VERGARA, chilena, soltera, empresaria, cédula nacional de identidad número quince millones ochocientos ochenta y siete mil seiscientos tres guion cincos; ambos mayores de edad, domiciliados para este único efecto en esta ciudad, Pasaje Huérfanos número setecientos setenta y nueve, oficina mil siete, Santiago; modifican sociedad denominada, “COMERCIALIZADORA DE MAQUINARIA CORTEZ Y FAMILIA LIMITADA”, rol único tributario número setenta y siete millones ochocientos cincuenta y un mil setecientos veintiocho guion cero, constituida por escritura pública de fecha primero de febrero de dos mil veinticuatro, otorgada en la Notaría de Santiago de don Francisco Varas Fernández. El extracto de la sociedad en comento, fue inscrito a fojas catorce mil quinientos cincuenta y tres número seis mil trescientos noventa y uno del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veinticuatro y publicado en el Diario Oficial de fecha quince de febrero del mismo año.- Modificaciones consisten: modifican la sociedad en los siguientes términos: uno) Modifican el artículo segundo del pacto social constitutivo, referente a la razón social, se acuerda modificarla, pasando a denominarse de “COMERCIALIZADORA DE MAQUINARIA CORTEZ Y FAMILIA LIMITADA” a “COMERCIAL E IMPRESIONES CORTEZ LIMITADA”. Además la sociedad podrá usar para todos los efectos legales, comerciales y tributarios el nombre de fantasía de “DIGIPAP LTDA.”; y dos) Se acuerda además modificar el artículo cuarto del pacto social constitutivo, referente al objeto social, al cual se le agrega el siguiente inciso segundo: “Sin perjuicio de lo señalado precedentemente la sociedad podrá realizar la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización tanto al mayor como al detalle de toda clase papel y productos gráficos y de insumos relacionados con la industria gráfica y/u otras activades afines a ellas, así como también la prestación de toda clase de servicios relacionados directa o indirectamente con los giros principales”.- En consecuencia de lo antes expresado, el modificado artículo cuarto del pacto social constitutivo, referente al objeto social queda del siguiente tenor: ARTICULO CUARTO: “El objeto de la sociedad será la compra, venta distribución, comercialización, arrendamiento, exportación e importación de todo tipo de maquinaria, tanto por cuenta propia como de terceros, así como cualquier acto, giro o actividad directa o indirectamente relacionado con lo anterior. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente la sociedad podrá realizar la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización tanto al mayor como al detalle de toda clase papel y productos gráficos y de insumos relacionados con la industria gráfica y/u otras activades afines a ellas, así como también la prestación de toda clase de servicios relacionados directa o indirectamente con los giros principales”. En todo lo no modificado se mantienen vigentes todas las estipulaciones del pacto social constitutivo.- Demas estipulaciones escritura extractada. SANTIAGO, 31 JULIO 2024.