Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2024
- Notario
- FRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE
- Oficio
- 51° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la Sociedad será: a) La producción de todo tipo de eventos deportivos u otra naturaleza; b) La adquisición, inversión, arrendamiento, subarrendamiento, u otra forma de explotación de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; c) la inversión en bienes corporales o incorporales de toda clase, efectos de comercio, títulos de deuda, instrumentos financieros, acciones, bonos y debentures, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título dichos valores y bienes, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento del objeto social; la Sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y)o asociada o en participación con terceros; d) la participación en todo tipo de vehículos, incluyendo sociedades de cualquier tipo, sean éstas colectivas, anónimas, abiertas o cerradas, sociedades por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, cualquiera sea su objeto, fondos de inversión públicos y privados, la formación de comunidades y cualquier otra clase de entidad, y en general ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social y el desarrollo del giro de éstas. Para estos efectos podrá concurrir a su constitución o formación así como adquirir participaciones en sociedades o vehículos ya existentes. e) la realización de cualquier actividad necesaria para la consecución del
Administración
La administración y representación de la Sociedad corresponderá a un Administrador designado por el voto de la mayoría de los accionistas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JOSÉ HOLLMANN OVALLE, Notario Público Titular de la 51° Notaria de Santiago, con oficio en avenida Providencia 2600, comuna de Providencia certifico que, por escritura pública de fecha 07 de agosto de 2024, bajo el repertorio número 2345-2024, ante mí, don DIEGO DE LA FUENTE LLOVET y don JORGE HOFFMANN VÁSQUEZ, constituyeron la siguiente Sociedad por Acciones: Razón Social: “SL Producciones SpA”, pudiendo funcionar con el nombre de fantasía “Sin Límites Producciones”.- Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) La producción de todo tipo de eventos deportivos u otra naturaleza; b) La adquisición, inversión, arrendamiento, subarrendamiento, u otra forma de explotación de bienes inmuebles, por cuenta propia o ajena; c) la inversión en bienes corporales o incorporales de toda clase, efectos de comercio, títulos de deuda, instrumentos financieros, acciones, bonos y debentures, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título dichos valores y bienes, administrarlos y percibir sus frutos. Para el cumplimiento del objeto social; la Sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en participación con terceros; d) la participación en todo tipo de vehículos, incluyendo sociedades de cualquier tipo, sean éstas colectivas, anónimas, abiertas o cerradas, sociedades por acciones, de responsabilidad limitada o en comandita, cualquiera sea su objeto, fondos de inversión públicos y privados, la formación de comunidades y cualquier otra clase de entidad, y en general ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social y el desarrollo del giro de éstas. Para estos efectos podrá concurrir a su constitución o formación así como adquirir participaciones en sociedades o vehículos ya existentes. e) la realización de cualquier actividad necesaria para la consecución del objeto social.-.- Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100.000 acciones nominativas, y sin valor nominal de una misma y única serie, de las cuales: (i) 50.000 acciones fueron suscritas y pagadas por don DIEGO DE LA FUENTE LLOVET; y, (ii) 50.000 acciones fueron suscritas y pagadas por don JORGE HOFFMANN VÁSQUEZ.- Administración: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a un Administrador designado por el voto de la mayoría de los accionistas- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 09 de agosto de 2024.