SK Godelius S.A.
Instrumento
- Fecha
- 25 de julio de 2024
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Oficio
- titular 29ª Notaría de Santiago EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Comuna
- Santiago EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, abogado y Notario Público, suplente del titular 29ª Notaría de Santiago EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Mac - Iver Nº 225, oficina 302, Santiago, certifico: Que, con fecha 25 de julio de 2024, ante el Notario titular EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad SK Godelius S.A. inscrita a fs 46275 N° 34118 del año 2011 en el Registro de Comercio del CBR de Santiago, celebrada, con mi presencia, el día 25 de julio de 2024, en la cual se acordó y aprobó lo siguiente: a) Aumentar el capital social de 4.263.874.363 pesos, dividido en 1.428 acciones nominativas sin valor nominal, a 7.095.184.363 pesos, dividido en 2.176 acciones nominativas sin valor nominal, mediante la emisión de 748 acciones de pago. b) La totalidad de las nuevas acciones que se acordó emitir, serán suscritas y pagadas íntegramente por el accionista Sociedad de Ahorro SKIT Limitada, en dinero efectivo, en la forma siguiente: i) 946.116.000 pesos, mediante la suscripción y pago de 250 acciones de pago, el día 31 de julio de 2024 y ii) 942.331.536 pesos, mediante la suscripción y pago de 249 acciones de pago, a más tardar el 31 de julio de 2025; iii) Con la suma de $942.331.536, mediante la suscripción y pago de 249 acciones de pago, a más tardar el 31 de julio de 2026. El restante accionista, Yakana SpA, renunció a su opción preferente c) Como consecuencia de lo anterior se acordó sustituir el artículo cuarto y el artículo primero transitorio de los estatutos sociales, para reflejar las reformas señaladas d) Además, se acordó y aprobó modificar los estatutos sociales en el sentido de disminuir el número de directores de la Sociedad desde siete a seis integrantes y sustituir el actual artículo quinto y artículo tercero transitorio de los estatutos sociales para reflejar lo acordado. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 29 de Julio de 2024.