MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PKF Chile Auditores Consultores Limitada

RUT 79755470-7 CVE 2532457
Capital
$1.011.602.836 CLP
Fecha instrumento
26 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de julio de 2024
Repertorio
9419-2024
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.011.602.836 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso dos, comuna de Providencia, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 26 de julio de 2024, bajo el número de repertorio 9.419-2024, ante mí, Luis Antonio Vicuña Cubillos, Raúl Antonio González González, Patricio Antonio Órdenes Cerda, Claudia Andrea Reyes Díaz y Luis Antonio Sánchez Orellana, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Providencia N° 1660, piso seis, comuna de Providencia, Santiago, en su calidad de únicos socios de PKF Chile Auditores Consultores Limitada (en adelante, la “Sociedad”), acordaron aumentar el capital de la Sociedad, desde la cantidad de $200.000 a $1.011.602.836. En virtud de lo anterior, se sustituyó el Artículo Quinto de los estatutos de la sociedad por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital social es la cantidad de mil once millones seiscientos dos mil ochocientos treinta y seis pesos, que los socios aportan, de la siguiente forma y en las siguientes proporciones: Uno) don Luis Antonio Vicuña Cubillos aporta la cantidad de doscientos noventa y tres millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos siete pesos, equivalente a un veintinueve por ciento de los derechos sociales, de los cuales ha pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de noventa y dos mil pesos, quedando pendiente de pago la cantidad de doscientos noventa y tres millones doscientos cincuenta y siete mil doscientos siete pesos; Dos) don Raúl Antonio González González aporta la cantidad de doscientos noventa y tres millones trescientos cuarenta y nueve mil doscientos siete pesos, equivalente a un veintinueve por ciento de los derechos sociales, de los cuales ha pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de noventa y dos mil pesos, quedando pendiente de pago la cantidad de doscientos noventa y tres millones doscientos cincuenta y siete mil doscientos siete pesos; Tres) don Patricio Antonio Órdenes Cerda aporta la cantidad de trescientos veinte millones veintisiete mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos, equivalente a un treinta y uno coma sesenta y cuatro por ciento de los derechos sociales, de los cuales ha pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de ocho mil pesos, quedando pendiente de pago la cantidad de trescientos veinte millones diecinueve mil cuatrocientos sesenta y cuatro pesos; Cuatro) doña Claudia Andrea Reyes Díaz aporta la cantidad de cincuenta y dos millones cuatrocientos treinta y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve pesos, equivalente a un cinco coma dieciocho por ciento de los derechos sociales, de los cuales ha pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de cuatro mil pesos, quedando pendiente de pago la cantidad de cincuenta y dos millones cuatrocientos treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve pesos; y Cinco) don Luis Antonio Sánchez Orellana aporta la cantidad de cincuenta y dos millones cuatrocientos treinta y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve pesos, equivalente a un cinco coma dieciocho por ciento de los derechos sociales, de los cuales ha pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de cuatro mil pesos, quedando pendiente de pago la cantidad de cincuenta y dos millones cuatrocientos treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y nueve pesos.”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y, en especial, en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización. SANTIAGO, 01 de agosto de 2024.