INGENIERIA VROS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de julio de 2024
- Repertorio
- 1323
- Notario
- CRISTIÁN VILLALOBOS PELLEGRINI
- Domicilio
- Quilpué
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
- Duración
- 5 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por periodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del periodo respectivo o de la prórroga que estuviera vigente. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales en el área de la ingeniería, incluyendo, pero no limitado a: la realización de estudios y diseño de proyectos de ingeniería en áreas tales como ingeniería mecánica, piping e instalaciones, hidráulica, estructural, civil, y tratamiento y recuperación de aguas; la evaluación, diseño y análisis de infraestructura vial, incluyendo caminos, puentes y túneles; el diseño arquitectónico y estructural de viviendas, edificios y otras construcciones civiles; la consultoría y asesoría en ingeniería vial, urbanística y de transportes; la evaluación de calidad de suelos, catastros, levantamiento de datos de suelos, mensuras y topografías; la asesoría en proyectos de urbanización y desarrollo urbano; la ejecución de toda clase de análisis y estudios técnicos relacionados con la ingeniería; y la realización de cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden que se enmarquen en una asesoría profesional o un servicio profesional
Administración
La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios don DINO ALEX VÁSQUEZ MUÑOZ y JAVIER ANDRÉS VÁSQUEZ OJEDA, ambos ya individualizados, cada uno por sí solo e indistintamente uno del otro la representarán, anteponiendo a la razón social su propia firma, en toda clase de actos y contratos, con la sola limitación para los efectos de la autocontratación, la enajenación de inmuebles, y para constituir garantías sobre bienes inmuebles, lo que requerirá la concurrencia y voluntad de la totalidad de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCRISTIÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, Notario Público Quilpué, Balmaceda 280 Local Dos Edificio Balmaceda Quilpué, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de julio de 2024, repertorio 1323, ante mí, don DINO ALEX VÁSQUEZ MUÑOZ, cédula de identidad 10.079.824-7, domiciliado en piscis 0389, cooperativa canal de chacao, comuna de Quilpué, y don JAVIER ANDRÉS VÁSQUEZ OJEDA, cédula de identidad 18.299.677-7, domiciliado en Camino del Sol 2100, departamento 907A, comuna de Quilpué, han constituido una sociedad de profesionales de responsabilidad limitada (la “Sociedad”), de cuyos estatutos extracto: NOMBRE: “INGENIERIA VROS LIMITADA” Sin embargo, la sociedad podrá funcionar ante todo organismo o autoridad e incluso ante los Bancos y con capacidad para obligarla, bajo el nombre de Fantasía de "VROS LTDA. OBJETO: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios y asesorías profesionales en el área de la ingeniería, incluyendo, pero no limitado a: la realización de estudios y diseño de proyectos de ingeniería en áreas tales como ingeniería mecánica, piping e instalaciones, hidráulica, estructural, civil, y tratamiento y recuperación de aguas; la evaluación, diseño y análisis de infraestructura vial, incluyendo caminos, puentes y túneles; el diseño arquitectónico y estructural de viviendas, edificios y otras construcciones civiles; la consultoría y asesoría en ingeniería vial, urbanística y de transportes; la evaluación de calidad de suelos, catastros, levantamiento de datos de suelos, mensuras y topografías; la asesoría en proyectos de urbanización y desarrollo urbano; la ejecución de toda clase de análisis y estudios técnicos relacionados con la ingeniería; y la realización de cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden que se enmarquen en una asesoría profesional o un servicio profesional. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $400.000, que los socios han aportado y enterado de la siguiente forma: Uno. El socio don DINO ALEX VÁSQUEZ MUÑOZ, con la suma de cien mil pesos, que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, los que han ingresado a la caja social. Dos.- El socio don JAVIER ANDRÉS VÁSQUEZ OJEDA, con la suma de trescientos mil pesos, que entera y paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, los que han ingresado a la caja social. ADMINISTRACIÓN: La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios don DINO ALEX VÁSQUEZ MUÑOZ y JAVIER ANDRÉS VÁSQUEZ OJEDA, ambos ya individualizados, cada uno por sí solo e indistintamente uno del otro la representarán, anteponiendo a la razón social su propia firma, en toda clase de actos y contratos, con la sola limitación para los efectos de la autocontratación, la enajenación de inmuebles, y para constituir garantías sobre bienes inmuebles, lo que requerirá la concurrencia y voluntad de la totalidad de los socios. DURACIÓN: 5 años a contar de la fecha de la escritura pública de constitución social, plazo que se entenderá prorrogado en forma tácita, automática y sucesiva por periodos iguales de cinco años, si ninguno de los socios manifiesta su intención de poner término a la sociedad por escritura pública anotada al margen de la Inscripción social, con una anticipación a lo menos de un año al vencimiento del periodo respectivo o de la prórroga que estuviera vigente. LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD: Los socios declaran que su responsabilidad personal en las deudas sociales queda limitada al monto de sus respectivos aportes. FALLECIMIENTO DE LOS SOCIOS: En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará con los socios sobrevivientes y los herederos del socio fallecido, quienes deberán designar un procurador para actuar ante la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Quilpué, a 08 de agosto de 2024.