MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Growth Partner Network SpA

RUT 76967855-7 CVE 2531535
Fecha instrumento
31 de julio de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
31 de julio de 2024
Repertorio
35345-2024
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésima Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogada, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores N°178, quinto piso, comuna de Santiago Centro, Región Metropolitana, certifico: por escritura pública de fecha 31 de julio del año 2024, Repertorio N° 35345-2024, ante mí, don VICTOR ANDRÉS RIADI ID chileno, soltero, abogado, cédula nacional de identidad número 17.405.880-6, con domicilio en Avenida Apoquindo N°3669, oficina 1401, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, redujo a Escritura Pública el ACTA DE JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE Growth Partner Network SpA, celebrada con fecha 31 de julio del año 2024, en la que se acordó, entre otras materias, la siguiente: Modificar íntegramente el artículo Noveno de los estatutos sociales, relativo a la administración de la sociedad, por el siguiente: “Artículo Noveno: Uno. La sociedad será administrada por un Gerente General designado por la Junta de Accionistas, la cual será la encargada de fijar sus atribuciones y deberes, pudiendo sustituirlo a su arbitrio. Dos. Al Gerente General le corresponderá la representación extrajudicial y judicial de la sociedad con las facultades establecidas en ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil. Tendrá además las obligaciones y atribuciones que le señalen las disposiciones legales y reglamentarias relativas a las sociedades anónimas cerradas y que resulten aplicables. El Gerente General estará siempre facultado, salvo acuerdo expreso en contrario, para reducir a escritura pública en todo o en parte las actas de Juntas de Accionistas y para insertarlas en los registros respectivos de la sociedad”. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada.- Santiago, 02 de agosto del año 2024.