ASESORÍAS INDU-LATAM LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2026
- Comuna
- Titular de la Primera Notaría de Vitacura
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- desde fecha escritura de constitución hasta 31 de diciembre del año 2026, renovable tácita y sucesivamente por períodos de 3 años, salvo aviso anticipado de no menos de 6 meses de alguno de los socios en condiciones señaladas en escritura extractada. CLAUDIO CESAR GOLBORNE LEÓN se reserva el derecho a poner término a la sociedad cualquier momento conforme a las condiciones señaladas en escritura extractada
Objeto social
La Sociedad tendrá por objeto a) compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, elaboración, comercialización, y producción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de equipos tecnológicos; b) la prestación, contratación, subcontratación, elaboración, desarrollo, control, mantención y ejecución de todo tipo de servicios; c) consultoría, gestión, mediación estratégica de negocios internacionales, rediseño de procesos de negocios y asesorías económicas en general, incluyendo pero no limitado a bienes y servicios tanto para las diferentes entidades públicas como para entidades privadas y personas físicas; d) la contratación, promoción y producción de toda clase de eventos relacionados con cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; y e) en general, la realización de toda clase de actos, contratos, negocios y operaciones destinados directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y aquellos que los socios acuerden llevar a efecto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMÓNICA FIGUEROA CARVAJAL, Notaria Titular de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Av. Vitacura N°6.844, Local – 1, Vitacura, certifico: Por escritura de fecha 07 de agosto del 2024, repertorio número 2226/2024 ante mí, CLAUDIO CESAR GOLBORNE LEÓN y JOSÉ TOMÁS GOLBORNE TERÁN, ambos domiciliados en calle Miguel de Atero número dos mil ochocientos cuarenta, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada en las siguientes condiciones: RAZON SOCIAL: “ASESORÍAS INDU-LATAM LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “INDU-LATAM LTDA”. DOMICILIO: Ciudad y comuna de Santiago, sin perjuicio de que la sociedad pueda establecer agencias y/o sucursales en otros lugares del país o del extranjero. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto a) compra, venta, arrendamiento, importación, exportación, elaboración, comercialización, y producción, por cuenta propia o ajena, de todo tipo de equipos tecnológicos; b) la prestación, contratación, subcontratación, elaboración, desarrollo, control, mantención y ejecución de todo tipo de servicios; c) consultoría, gestión, mediación estratégica de negocios internacionales, rediseño de procesos de negocios y asesorías económicas en general, incluyendo pero no limitado a bienes y servicios tanto para las diferentes entidades públicas como para entidades privadas y personas físicas; d) la contratación, promoción y producción de toda clase de eventos relacionados con cualquier actividad directa o indirectamente relacionada con las anteriores; y e) en general, la realización de toda clase de actos, contratos, negocios y operaciones destinados directa o indirectamente al cumplimiento del objeto social, y aquellos que los socios acuerden llevar a efecto. CAPITAL: $2.000.000, que los socios aportan, enteran y pagan al contado y en dinero efectivo en acto de constitución, ingresando fondos a caja social, de la siguiente manera: a) CLAUDIO CESAR GOLBORNE LEÓN, $1.500.000 equivalentes al setenta y cinco por ciento del capital social; b) JOSÉ TOMÁS GOLBORNE TERÁN, $500.000, equivalentes al veinticinco por ciento del capital social. RESPONSABILIDAD: limitada a monto de respectivos aportes. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: corresponderá a don CLAUDIO CESAR GOLBORNE LEÓN, individualmente, con las más amplias facultades. DURACION: desde fecha escritura de constitución hasta 31 de diciembre del año 2026, renovable tácita y sucesivamente por períodos de 3 años, salvo aviso anticipado de no menos de 6 meses de alguno de los socios en condiciones señaladas en escritura extractada. CLAUDIO CESAR GOLBORNE LEÓN se reserva el derecho a poner término a la sociedad cualquier momento conforme a las condiciones señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 08 de agosto del 2024.