Sociedad de Asesorías, Diseño e Inversiones Nurbranding Limitada
Instrumento
- Fecha
- 28 de junio de 2024
- Repertorio
- 3160-24
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- 29ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público Titular 29ª Notaría Santiago, Mac Iver 225, oficina 302, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de Junio de 2024, número de repertorio 3160-24, ante mí, don Mauricio Alejandro Carrasco Briones; doña Bernardita María Rojas Ruiz; y don Mauricio Agustín Carrasco Rojas, todos domiciliados para estos efectos en Colina La Gloria número mil novecientos noventa, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y como los actuales y únicos socios de “Sociedad de Asesorías, Diseño e Inversiones Nurbranding Limitada”, en adelante también la “Sociedad”, inscrita a fojas treinta mil ciento sesenta y nueve número veinticuatro mil veintitrés del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, modificaron y transformaron la Sociedad, de cuya escritura se extracta lo siguiente: I) Cesión de derechos sociales y modificación. “Únicos socios de la Sociedad, don Mauricio Alejandro Carrasco Briones, con un treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales; doña Bernardita María Rojas Ruiz, con un treinta y cuatro por ciento de los derechos sociales; y don Mauricio Agustín Carrasco Rojas, con un treinta y dos ciento de los derechos sociales. De esta manera, los actuales y únicos socios de la Sociedad son los comparecientes a la presente escritura. Doña Bernardita María Rojas Ruiz, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a don Mauricio Alejandro Carrasco Briones, quien adquiere y acepta para sí, el treinta y tres coma cinco por ciento de los derechos sociales que tiene en la Sociedad. El precio de la cesión es la suma de quinientos mil pesos, que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a entera y total satisfacción del cedente. Mauricio Agustín Carrasco Rojas, con expreso consentimiento de todos los otros socios, vende, cede y transfiere a don Mauricio Alejandro Carrasco Briones, quien adquiere y acepta para sí, el treinta y dos por ciento de los derechos sociales que tiene en la Sociedad. El precio de la cesión es la suma de quinientos mil pesos, que se paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, a entera y total satisfacción del cedente. A consecuencia de las cesiones de derechos señaladas precedentemente, han quedado como únicos socios de la Sociedad las siguientes personas y con las participaciones sociales que se indican a continuación: a) don Mauricio Alejandro Carrasco Briones, con un noventa y nueve coma cinco por ciento de los derechos sociales; y b) doña Bernardita María Rojas Ruiz, con un cero coma cinco por ciento de los derechos sociales. Conforme a lo anterior, los socios vienen en reemplazar íntegramente la cláusula quinta de los Estatutos Sociales, por el siguiente: “QUINTA: El capital social es la suma de diez millones de pesos, que los socios aportan de la siguiente manera a) Mauricio Alejandro Carrasco Briones ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de nueve millones novecientos cincuenta mil pesos, esto es, noventa y nueve coma cinco por ciento del capital social; y doña Bernardita María Rojas Ruiz, ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad cincuenta mil pesos, esto es, un cero coma cinco por ciento del capital social.”. II) Transformación social. “Los actuales socios de la Sociedad acuerdan transformarla en una sociedad por acciones, bajo la nueva razón social “Sociedad de Asesorías, Diseño e Inversiones Nurbranding SpA”, que se regirá por los estatutos que se señalan a continuación, y en su silencio, se le aplicarán las disposiciones contenidas en los artículos cuatrocientos veinticuatro a cuatrocientos cuarenta y seis del Código de Comercio u otras que se dicten para las sociedades por acciones, y supletoriamente, por las normas sobre sociedades anónimas cerradas, pero sólo en cuanto no se contrapongan con lo señalado a continuación, y que constituirá el contrato o estatuto social de “Sociedad de Asesorías, Diseño e Inversiones Nurbranding SpA”, en adelante también la “Sociedad”. El nombre o razón social de la Sociedad será “Sociedad de Asesorías, Diseño e Inversiones Nurbranding SpA”. El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en cualquier punto del país o en el extranjero. La duración de la Sociedad será indefinida. El objeto de la Sociedad será: a) el desarrollo de toda actividad relacionada con el diseño gráfico de afiches, logotipos, papelería, envases, imágenes corporativas, signos publicitarios, ilustraciones, dibujos, producciones gráficas, y en general, el diseño de todo tipo de cosas. b) la prestación de asesorías publicitarias en todas sus etapas y manifestaciones, estrategias comunicaciones y todo acto que se relacione directa o indirectamente con las actividades referidas; c) formar nuevas sociedades o asociaciones, ingresas a unas ya constituidas, importar, exportar y comercializar bienes y servicios y realizar cualquier negocio que los socios acuerden; d) la inversión y/o desarrollo de negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración, comprendiéndose, especialmente, y sin limitación, la inversiones en efectos de comercio, valores mobiliarios, títulos de crédito, monedas o divisas extranjeras, acciones, bonos, debentures, letras de crédito, fondos mutuos, derechos o acciones en sociedades de cualquier clase o naturaleza, constituida en el país o en el extranjero, y en general, cualquier otro valor o instrumento de inversión del mercado de capitales; y e) en general, realizar cualquier actividad relacionada con las anteriores que los socios acuerden. El capital de la sociedad de diez millones de pesos, dividido en un millón de acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Mauricio Alejandro Carrasco Briones suscribió la cantidad de novecientas noventa y cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, que fueron pagadas con anterioridad a esta fecha, a total y entera satisfacción de la Sociedad, y que equivalen al noventa y nueve coma cinco por ciento de la participación social. b) Bernardita María Rojas Ruiz suscribió la cantidad de cinco mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, que fueron pagadas con anterioridad a esta fecha, a total y entera satisfacción de la Sociedad, y que equivalen al cero coma cinco por ciento de la participación social.” Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de Julio de 2024.