Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Objeto social
será: a) La publicidad y el diseño en todas sus formas, expresiones y manifestaciones, por cualquier medio de comunicación y difusión, ya sea prensa escrita, radio o televisión; la industria gráfica, ya sea de diseño o en otra forma, y la realización, impresión, edición y publicación de toda clase de artículos, folletos, libros, revistas e impresos en general y demás elementos constitutivos de la industria del diseño, la gráfica impresión y litográfica, por cuenta propia o ajena, o sirviendo de intermediaria, b) El estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad, de propaganda de todo tipo, de planificación y de marketing; c) La prestación de servicios en las áreas del diseño, producción, creación y comercialización de contenidos de internet en general, páginas web, sitios internet corporativos y portales internet; generación de contenidos para listas de distribución, diseño y producción de banner publicitarios, hosting y mantención grafica avanzada; generación de información periodística social, cultural, económica y tecnológica, diseño de catálogos electrónicos y comercio electrónico; d) La prestación de servicios, asesorías y administración de aplicaciones y proyectos de internet en general; f) La producción artística multimedios, diseño gráfico, diseño de imagen corporativa integral; serial ética, diseño y producción de catálogos, publicidad en medios, merchandising, fotografía e ilustración; g) La comunicación visual digital, diseño y aplicaciones multimediales, animación digital, retoque digital de fotografía, ilustración digital y prensa digital
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Interino 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161, entrepiso, certifico: por escritura pública, ante mí, fecha 06 agosto 2024, LEONOR PAZ ROSALES SANTANA, calle Rinconada el Salto N°955, depto.403, comuna Huechuraba, Santiago, constituyó sociedad por acciones, cuyo nombre es “RS Gráfica SpA”. OBJETO: será: a) La publicidad y el diseño en todas sus formas, expresiones y manifestaciones, por cualquier medio de comunicación y difusión, ya sea prensa escrita, radio o televisión; la industria gráfica, ya sea de diseño o en otra forma, y la realización, impresión, edición y publicación de toda clase de artículos, folletos, libros, revistas e impresos en general y demás elementos constitutivos de la industria del diseño, la gráfica impresión y litográfica, por cuenta propia o ajena, o sirviendo de intermediaria, b) El estudio, creación, planificación, desarrollo y realización de campañas de publicidad, de propaganda de todo tipo, de planificación y de marketing; c) La prestación de servicios en las áreas del diseño, producción, creación y comercialización de contenidos de internet en general, páginas web, sitios internet corporativos y portales internet; generación de contenidos para listas de distribución, diseño y producción de banner publicitarios, hosting y mantención grafica avanzada; generación de información periodística social, cultural, económica y tecnológica, diseño de catálogos electrónicos y comercio electrónico; d) La prestación de servicios, asesorías y administración de aplicaciones y proyectos de internet en general; f) La producción artística multimedios, diseño gráfico, diseño de imagen corporativa integral; serial ética, diseño y producción de catálogos, publicidad en medios, merchandising, fotografía e ilustración; g) La comunicación visual digital, diseño y aplicaciones multimediales, animación digital, retoque digital de fotografía, ilustración digital y prensa digital. CAPITAL: $5.000.000 dividido 10 acciones nominativas, sin valor nominal, íntegramente pagado y suscrito forma indicada pacto social. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio agencias y sucursales. ADMINISTRACIÓN Y USO DE NOMBRE: Corresponderá a uno o más administradores, designados por la junta de accionistas y/o escritura suscrita por el o los accionistas, ello sin perjuicio de lo que se establece en las cláusulas transitorias. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 07 agosto 2024.