SOCIEDAD LEGAL MARTIN`S & REYE`S LIMITADA
Instrumento
- Repertorio
- 2185-2024
- Notario
- Hernán Andrés Gómez Brown
- Oficio
- Primera Notaría de Puerto Montt
- Comuna
- Puerto
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Puerto Montt
- Duración
- 3 años a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales
Objeto social
El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de asesoría jurídica y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado; elaboración de proyectos, estudios, conferencias, cursos, capacitación; asesoría integral; servicios profesionales tributarios, financieros y administrativos, auditorias, consultorías y representación de empresas nacionales o extranjeras; comisión o mandato mercantil; corretaje e intermediación de propiedades, compra y venta de muebles e inmuebles; ejecución y promoción de negocios inmobiliarios; inversiones, construcciones y planes habitacionales; urbanización y loteos en general, saneamientos y regularización de propiedades, administración y arrendamiento de bienes raíces. Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y)o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, y, en general, realizar cualquier otra actividad que en forma directa o indirecta permita desarrollar el objeto social, y además, todas las actividades, negocios y operaciones que en el futuro acuerden unánimemente los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHernán Andrés Gómez Brown, Notario Público Interino de la Primera Notaría de Puerto Montt, con oficio en Benavente número 385, de esta ciudad, certifica: Que por escritura pública de fecha 26 de julio del 2024, repertorio N°2185-2024, otorgada ante mí: don RUBEN HORACIO MARTIN MARTIN, chileno, con domicilio en Francisco Bilbao 362, departamento 301, comuna de Puerto Montt, y doña TANNIA VERONICA REYES GATICA, chilena, con domicilio en Francisco Bilbao 362, departamento 301, comuna de Puerto Montt, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social “SOCIEDAD LEGAL MARTIN`S & REYE`S LIMITADA”, la que podrá funcionar incluso ante bancos e instituciones financieras con el nombre de fantasía de “LEGALIS NOVUS LIMITADA”. Domicilio: ciudad de Puerto Montt, sin perjuicio de las sucursales que establezcan en el resto del país o el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad es la prestación de servicios de asesoría jurídica y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado; elaboración de proyectos, estudios, conferencias, cursos, capacitación; asesoría integral; servicios profesionales tributarios, financieros y administrativos, auditorias, consultorías y representación de empresas nacionales o extranjeras; comisión o mandato mercantil; corretaje e intermediación de propiedades, compra y venta de muebles e inmuebles; ejecución y promoción de negocios inmobiliarios; inversiones, construcciones y planes habitacionales; urbanización y loteos en general, saneamientos y regularización de propiedades, administración y arrendamiento de bienes raíces. Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y/o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, y, en general, realizar cualquier otra actividad que en forma directa o indirecta permita desarrollar el objeto social, y además, todas las actividades, negocios y operaciones que en el futuro acuerden unánimemente los socios. Administración y Uso de Razón Social: corresponderá en forma conjunta o separada a ambos socios, quienes anteponiendo su firma a la razón social podrán ejecutar todos los actos jurídicos, convenciones y contratos necesarios para el adecuado desarrollo de los negocios sociales, con las siguientes limitaciones: a) constituir a la sociedad en aval, fiadora o codeudora solidaria de terceros; y b) acordar garantías hipotecarias, prendarias o warrants por la sociedad en favor de terceros. Ambas prohibiciones no regirán cuando se trate de constituir o celebrar los actos jurídicos señalados en las letras a) y b) precedentes, respecto de uno cualquiera de los socios. De tal manera y sin que la presente enumeración revista el carácter de taxativa, con las salvedades y excepción señaladas en las letras a) y b) precedente, tendrán amplias facultades. Capital: $1.000.000.- que se aporta en partes iguales entre los socios, al contado y dinero en efectivo y que ingresan en este acto a la caja social. Responsabilidad Socios: Queda limitada al monto de sus aportes. Duración: 3 años a contar de esta fecha, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 06 de agosto del 2024.-