MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD AGRÍCOLA TRES MARÍAS LIMITADA

RUT 76063985-0 CVE 2530539
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de julio de 2024
Notaría
Vitacura

Instrumento

Fecha
1 de julio de 2024
Repertorio
1294
Notario
Francisca Javiera Almendares Hoch
Oficio
Segunda Notaría de Vitacura
Comuna
Vitacura

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponde a Diego Fernando Del Solar Concha quien deberá actuar en conjunto con una cualquiera de las siguientes personas: Luz María Sara Dibarrart Duhalde o Pablo Javier Cánepa Baldassare. Responsabilidad de socios limitada al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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Francisca Javiera Almendares Hoch, abogada, Notario Público de la Segunda Notaría de Vitacura, Suplente del Titular Luis Alberto Maldonado Concha, con oficio ubicado en calle Candelaria Goyenechea 3868, local 6, comuna de Vitacura, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 1 de julio de 2024, repertorio 1294, Luz María Sara Dibarrart Duhalde, domiciliada en calle Aurelio González número 3.450, departamento 501, comuna de Vitacura, Pablo Javier Cánepa Baldassare, domiciliado en Avenida Las Condes número 11380, piso 8, comuna de Las Condes, y Diego Fernando Del Solar Concha, también conocido como “Diego Fernando Demetrio Del Solar Concha”, domiciliado en Avenida Agua del Palo número 550, departamento 204 B, comuna de Vitacura, modificaron SOCIEDAD AGRÍCOLA TRES MARÍAS LIMITADA, en los términos que se indican a continuación, atendido liquidación de sociedad conyugal habida entre Luz María Sara Dibarrart Duhalde y Pablo Javier Cánepa Baldassare, acordada mediante escritura pública de fecha 1 de julio de 2024, otorgada ante mí, Francisca Javiera Almendares Hoch, Notario Suplente de esta Notaría, bajo el repertorio 1291, en virtud de la cual se le adjudicaron a doña Luz María Sara Dibarrart Duhalde derechos ascendentes al 50% del capital, derechos sociales y préstamos realizados en favor de “Sociedad Agrícola Tres Marías Limitada” que se encontraban a nombre de Pablo Javier Cánepa Baldassare. I. Adjudicación de derechos. Pablo Javier Cánepa Baldassare adjudica en dominio derechos ascendentes al 50% del capital, derechos sociales y préstamos realizados en favor de “Sociedad Agrícola Tres Marías Limitada”, a Luz María Sara Dibarrart Duhalde, quien los acepta para sí de forma irrevocable. Se retira de la sociedad Pablo Javier Cánepa Baldassare e ingresa como socia Luz María Sara Dibarrart Duhalde. II. Modificación de estatutos: Se sustituyen los actuales artículos quinto y séptimo de los estatutos sociales. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000, que los socios aportan por iguales partes: a) Diego Fernando Del Solar Concha, aporta el equivalente a un 50% del capital social, esto es, la suma de $5.000.000; y b) Luz María Sara Dibarrart Duhalde, aporta el equivalente al otro 50% del capital social, esto es, la suma de $5.000.000. Administración y uso de la razón social: La administración, representación y uso de la razón social corresponde a Diego Fernando Del Solar Concha quien deberá actuar en conjunto con una cualquiera de las siguientes personas: Luz María Sara Dibarrart Duhalde o Pablo Javier Cánepa Baldassare. Responsabilidad de socios limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Vitacura, 6 de agosto de 2024.