Poliglota Broota SPV 2 SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de julio de 2024
- Notario
- NELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARÍA
- Oficio
- Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000.000 CLP
- Domicilio
- Provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad es invertir en la sociedad POLIGLOTA INC, Rol único tributario 59.323.870-9 o en cualquier sociedad o vehículo que tenga la calidad de matriz o relacionada a la misma y por lo tanto participar como accionista directo o indirecto en dicha sociedad
Administración
La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más apoderados que serán designados por los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNELSON PATRICIO CARVALLO SANTA MARÍA, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, ALVARO GONZALEZ SALINAS, con oficio en calle Av. Apoquindo N° 3001, piso 2, Las Condes, Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 31 de julio de 2024, ante el titular, Carlos Vicente Aravena Espinoza constituyó una sociedad por acciones cuyos estatutos extracto: Nombre: POLIGLOTA BROOTA SPV 2 SpA. Domicilio: Provincia de Santiago sobre la que tenga jurisdicción el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio que podrá establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: El objeto de la sociedad es invertir en la sociedad POLIGLOTA INC, Rol único tributario 59.323.870-9 o en cualquier sociedad o vehículo que tenga la calidad de matriz o relacionada a la misma y por lo tanto participar como accionista directo o indirecto en dicha sociedad. Capital: $1.000.000.000, dividido en 10.000.000 acciones ordinarias, nominativas, y sin valor nominal, de las cuales se suscribe y paga 1 acción por un monto total de $100. El resto de las acciones quedarán pendientes de suscripción y pago por un plazo máximo de cinco meses contados desde el acto de constitución. Administración. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o más apoderados que serán designados por los accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de agosto de 2024.