INMOBILIARIA E INVERSIONES ROZAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de julio de 2024
- Repertorio
- 9024-2024
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $33.796.622 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 19 de julio de 2024, repertorio N° 9.024-2024, ante mi Suplente; don SEBASTIÁN LIRA CRUZ, domiciliado en Monseñor Sótero Sánz N°100, oficina 403, comuna de Providencia, Región Metropolitana; doña MARÍA EUGENIA ROZAS DE LA LASTRA, domiciliada en Camino del Sol 3596, casa 8, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; don MANUEL ROZAS DE LA LASTRA, debidamente representado y domiciliado en 52 y 1/2 Oriente 2.455, Parque del Sol, Talca, Región del Maule; don CRESCENTE ROZAS DE LA LASTRA, domiciliado en Av. Las Condes 12.751, departamento 903, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don MANUEL ROZAS ORTÚZAR, domiciliado en Monseñor Sótero Sánz N°100, oficina 403, comuna de Providencia, Región Metropolitana, celebraron: “CONTRATO DE DONACIÓN SEBASTIÁN LIRA CRUZ A MARÍA EUGENIA DE LA LASTRA Y OTROS Y MODIFICACIÓN SOCIAL INMOBILIARIA E INVERSIONES ROZAS LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 87.678, número 38.435 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2022 y acordaron lo siguiente: I.- Donación. Don SEBASTIÁN LIRA CRUZ, dona por acto entre vivos, de manera irrevocable y como mera liberalidad el 19,5% de los derechos sociales de INMOBILIARIA E INVERSIONES ROZAS LIMITADA, en los términos y condiciones que en dicha escritura se indican. A su vez, y en vista de la donación y cesión de derechos sociales, don SEBASTIÁN LIRA CRUZ, hace retiro de su participación social en la Sociedad.- II.- Modificación de estatutos. Los socios de INMOBILIARIA E INVERSIONES ROZAS LIMITADA, en la especie, MARÍA EUGENIA ROZAS DE LA LASTRA; don MANUEL ROZAS DE LA LASTRA; don CRESCENTE ROZAS DE LA LASTRA; y don MANUEL ROZAS ORTÚZAR, acordaron modificar la cláusula quinta de los estatutos referente al capital social por la del siguiente tenor: “QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de $33.796.622, que los socios han aportado y enterado íntegramente en las siguientes proporciones: a) don Manuel Rozas Ortúzar, dueño y titular de un 80,5% de los derechos sociales, que equivalen a la suma de $27.206.281; b) doña María Eugenia Rozas De La Lastra, dueña y titular de un 6,5% de los derechos sociales, que equivalen a la suma de $2.196.780; c) don Manuel Rozas De La Lastra, dueño y titular de un 6,5% de los derechos sociales, que equivalen a la suma de $2.196.780; y d) don Crescente Rozas De La Lastra, dueño y titular de un 6,5% de los derechos sociales, que equivalen a la suma de $2.196.780. El capital se encuentra íntegramente pagado en la caja social con anterioridad a esta fecha”.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 30 de julio de 2024.