Instrumento
- Fecha
- 6 de agosto de 2024
- Repertorio
- 32789/2024
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país
- Duración
- 5 años, renovable tácita y automáticamente por igual período si accionistas no ponen término.- El objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas.- Capital de la sociedad $1.000.000, dividi¬do en 1.000 acciones sin valor nomi¬nal. Accionista Cristián Alejandro Peralta Lemus suscribe 1.000 acciones, equivalentes $1.000.000.- Capital suscrito y totalmente enterado, pagado por el accionista en la forma señala en escritura extractada.- Administración corresponderá a don Cristián Alejandro Peralta Lemus con facultades señaladas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38º Notaria de Santiago, Miraflores 178, piso 5, Certifico que con fecha 18 de julio de 2024, otorgada ante mí mediante escritura pública, Repertorio 32.789/2024, don CRISTIÁN ALEJANDRO PERALTA LEMUS, ingeniero ambiental, domiciliado en calle Antonio Ballet número trescientos cinco, departamento ciento uno, Comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones con el nombre de “G33 SOCIEDAD INVERSIONES SpA”, pudiendo usar para todos los efectos legales el nombre de fantasía “G33 SpA.- Domicilio: ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país.- Duración: 5 años, renovable tácita y automáticamente por igual período si accionistas no ponen término.- El objeto de la sociedad será desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas.- Capital de la sociedad $1.000.000, dividi¬do en 1.000 acciones sin valor nomi¬nal. Accionista Cristián Alejandro Peralta Lemus suscribe 1.000 acciones, equivalentes $1.000.000.- Capital suscrito y totalmente enterado, pagado por el accionista en la forma señala en escritura extractada.- Administración corresponderá a don Cristián Alejandro Peralta Lemus con facultades señaladas en escritura extractada.- Demás estipulaciones en escritura que extracto.- Santiago de Chile, 06 de agosto de 2024.