Asesorías y Servicios Profesionales Legal Trainer Limitada
Instrumento
- Fecha
- 22 de julio de 2024
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- 2º Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Objeto social
- "El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de capacitación, tanto de manera presencial como a través de plataformas y tecnologías en general."; Quedan vigentes todas las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la 2º Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, comuna de Lo Barnechea, certifico: Por escritura de fecha 22 de julio de 2024, otorgada ante mí, don DIEGO JOSÉ ESTAY ZAÑARTU, domiciliado en Avenida El Tranque 12.655, casa D, Lo Barnechea, Región Metropolitana; y don FELIPE ANDRÉS ESTAY ZAÑARTU, domiciliado en Avenida Manquehue Norte 2224, Vitacura, Región Metropolitana;, modificaron la sociedad denominada “Asesorías y Servicios Profesionales Legal Trainer Limitada”, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 54.069 número 21.958 del año 2024, en el siguiente sentido: Uno) Se acuerda por los socios modificar el texto de la cláusula primera del estatuto social vigente, por la que sigue: : “Razón social. - La razón social de la sociedad será "ENTRENAMIENTOS Y CAPACITACIONES DIGÍTALES LIMITADA”, pudiendo también usar como nombre de fantasía "Digital Trainer SRL". Estos nombres los podrá utilizar válidamente ante toda clase de entidades u organismos, instituciones públicas o privadas de cualquier naturaleza, el estado, Ministerios, Banco Central, Contraloría General de la República, Congreso Nacional, Poder judicial, Servicios dependientes de la administración centralizada o descentralizada, universidades e instituciones de enseñanza o formación en general, entidades fiscales, semifiscales, y organismos dependientes en sus distintas áreas, jurisdicciones, potestades o competencias, de cualquier rango o denominación, Aduanas, Municipalidades, bancos, instituciones financieras, Servicios de Impuestos Internos, tesorerías, entidades y demás personas jurídicas o naturales como también ante toda clase de tribunales ordinarios o extraordinarios, cualesquiera sean sus jurisdicciones o competencias, ley y procedimientos que los regule, como también el Tribunal Constitucional y demás tribunales constituidos o que se constituyan por leyes especiales o particulares”; y Dos) Se acuerda por los socios modificar el texto de la cláusula tercera del estatuto social vigente, por la que sigue: ”Objeto. - "El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de capacitación, tanto de manera presencial como a través de plataformas y tecnologías en general."; Quedan vigentes todas las demás cláusulas del pacto social y sus modificaciones que no hayan sido modificadas o alteradas por la presente escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de julio de 2024. Patricio Guillermo Corominas Mellado, Notario Público Titular.